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Actividades en Recargo de Equivalencia de IVA

10 respuestas
Actividades en Recargo de Equivalencia de IVA
Actividades en Recargo de Equivalencia de IVA
#1

Actividades en Recargo de Equivalencia de IVA

alguien me podria indicar si los epigrafes 654,5 y 653,4 de actividades comerciales estan en recargo de equivalencia o en el regimen general de IVA?, estoy buscando pero no logro dar con la solución. gracias

#2

Re: Actividades en Recargo de Equivalencia de IVA

se me olvido puntualizar que se trata de una persona fisica. gracias de nuevo

#3

Re: Actividades en Recargo de Equivalencia de IVA

Si pueden estar en Recargo de Equivalencia, ya que son actividades al por menor, pero ellos deben saber si liquidan IVA o no liquidan IVA.

Tambien pueden estar en Modulos y no en Estimacion Directa Simplificada.

Saludos

#4

Re: Actividades en Recargo de Equivalencia de IVA

muchas gracias lunatico, pero, pensaba que el epigrafe 653,4 no se podia por que creia que existia una excepción por ser materiales de construcción. gracias

#5

Re: Actividades en Recargo de Equivalencia de IVA

Si esta en regimen directo o simplificado, este tipo de actividad efectivamente no esta incluido en el Regimen de Equivalencia. (Materiales de Construccion)

https://www2.agenciatributaria.gob.es/es13/s/iafriafrc05f/

Pero el contribuyente debe saber si tributa trimestralmente por el IVA

Saludos

#6

Re: Actividades en Recargo de Equivalencia de IVA

es para un alta nueva, de ahí la duda. saludos

#7

Re: Actividades en Recargo de Equivalencia de IVA

entonces cuando se de de alta por vez primera, la actividad del primer epigrafe estara en recargo de equivalencia y el segundo epigrafe estara en regimen general?, gracias

#8

Re: Actividades en Recargo de Equivalencia de IVA

En la Hacienda tambien le pueden informar si el de equivalencia, puede ser en Modulos que puede interesarle mas, con menos papeleos.

Saludos

#9

Re: Actividades en Recargo de Equivalencia de IVA

muchas gracias y buen dia. saludos

#10

Re: Actividades en Recargo de Equivalencia de IVA

Hola Lunatico, vuelvo a la carga con este asunto ya que tengo alguna duda; si el epigrafe 654.5 está en RE y l 653.4 está en el regimen general, ¿tendre que hacer la regla de prorrata en cuanto al iva?, por estar en esa situación ambas actividades?. gracias

#11

Re: Actividades en Recargo de Equivalencia de IVA

Te contesto con una transcripcion literal de una contestacion dada por "Cachilipox", muy concreta y acertada ( me imagino que no le importara).

"Si se respeta ese límite del 15 %, y además, dichos servicios recaen solo sobre productos comercializados por el minorista, como una ampliación o deferencia hacia el cliente original, entiendo que no debería haber problema.

Los importes obtenidos, IVA incluido, por esta actividad, también deben declararse en el IRPF. Si está en módulos, quedan comprendidos los rendimientos de las actividades accesorias, hasta un 40 % del volumen de facturación.

O sea, hasta el 15 % de la facturación, no es sector diferenciado del IVA, ni actividad diferente del IRPF.
Del 15 % hasta el 40 % de la facturación, es sector diferenciado del IVA, pero sigue sin ser actividad diferente en el IRPF.
Más del 40 % de la facturación, es sector diferenciado del IVA, y actividad diferente en el IRPF.

El criterio del porcentaje es solo uno de los criterios. Hay que estar a la totalidad de la actividad"

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/1653795-iva-recargo-equivalencia-regimen-general

Este es el enlace de todo el Hilo.

Saludos