Remuneraciones Jueces de paz
Buenos días!!
¿Se tienen en cuenta en la declaración del IRPF las cantidades percibidas trimestralmente por los Jueces de paz?
Un saludo
Buenos días!!
¿Se tienen en cuenta en la declaración del IRPF las cantidades percibidas trimestralmente por los Jueces de paz?
Un saludo
Si figuran en el borrador como pagador...
¿A qué te refieres exactamente con esas cantidades?, ¿Es algún tipo de salario?
Me refiero a las cantidades que se perciben trimestralmente (unos 800 €) en concepto de remuneración por desempeñar el cargo de Juez de paz.
Saludos
Salario, salvo mejor opinión.
No obstante creo que debería venir en el borrador...
Gracias. Viene en el borrador, pero me extrañó, ya que pensaba que al ser una especie de indemnización como compensación por las molestias por el desempeño de estas funciones, y al no tener retención, pensaba que no había que declararlo.
Saludos
¿A que te viene en los Rendimientos del Trabajo?
Aquí lo confirma el fisco:
https://www2.agenciatributaria.gob.es/ES13/S/IAFRIAFRC12F?TIPO=R&CODIGO=0127363
El silencio es hermoso cuando no es impuesto.
Muchas gracias.
Saludos
Hola tengo una duda. El Ayuntamiento donde resido me han propuesto ser Juez de Paz. Mi dilema es si es compatible. Para empezar soy funcionario de Justicia. El lugar donde trabajo no se encuentra dentro de la jurisdicción judicial de donde resido. No bostante me preocupa el Art. 389 LOPJ. Debería solicitar compatibilidad ante la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia.
Gracias por vuestra colaboración