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Duda venta inmueble (rústica, solar o vivienda) en proindiviso

4 respuestas
Duda venta inmueble (rústica, solar o vivienda) en proindiviso
Duda venta inmueble (rústica, solar o vivienda) en proindiviso
#1

Duda venta inmueble (rústica, solar o vivienda) en proindiviso

Saludos!

Esto ya se ha aclarado pero agradecería que me lo confirmaseis. Si un bien inmueble (parcela rústica, solar o vivienda u otro) es propiedad de varios en proindiviso cada cual puede vender su parte a quien se lo comprara si llegan a un acuerdo pero no puede obligarse a ninguno de los propietarios o usufrutuarios a ceder su propiedad o sus dchos. Es decir, aunque la mayoría quieran vender el bien, si alguno de los propietarios o usufructuarios no está de acuerdo el bien no se vende en su totalidad (otra cosa, repito, es que cada propietario venda su parte, o, incluso una porción, a otro de los propietarios o tercera persona si esta está de acuerdo pero esta pasaría a ser un nuevo copropietario del porcentaje adquirido en proindiviso ¿Es así?

En otras palabras, que si un solar es, por ejemplo, de tres hermanos en proindiviso y un comprador ofrece un precio que aceptan dos pero no el tercero, entonces, el comprador podrá adquirir la parte de los dos que están de acuerdo (si lo estimara conveniente que sería extraño) pero no la del que se niega a vender que incluso podría negociar más adelante otro precio con quien compró las otras partes.
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Es decir, si se tiene la nuda propiedad, el usufructo o el pleno dominio de un porcentaje de un bien inmueble en proindiviso se puede retener esta propiedad o dcho. a pesar de la voluntad del resto de copropietarios aunque sean mayoría.
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Consulto esto porque he oído la versión contraria pero me parece absurdo que, por ejemplo, tras el fallecimiento de los padres de tres hijos a los que dejaron la vivienda en partes iguales dos de ellos puedan expulsar de su casa al otro en contra de su voluntad por una compensación económica que no le dé para adquirir otra. Otra cosa es que los otros dos hermanos tengan dcho. a establecer en esa vivienda su domicilio e incluso el de sus cónyuges e hijos. Es decir, te podrán obligar a vivir hacinado pero no a vender.

#2

Re: Duda venta inmueble (rústica, solar o vivienda) en proindiviso

Sí, es cierto lo que dices PERO habrá de informarse al tercer comunero de manera fehaciente por si desea ejercitar su derecho de retracto (por este derecho el tercer comunero paga al comprador lo que ha satisfecho por el bien y se queda con el mismo); ojito con no hacer esto, hay registradores muy quisquillas en este aspecto.

NO OBSTANTE sí hay una vía para forzar al comunero a vender, pues según el Código Civil nadie está obligado a permanecer en un proindiviso y esta forma es mediante una subasta judicial.

#3

Re: Duda venta inmueble (rústica, solar o vivienda) en proindiviso

Efectivamente, sí sabía que cada propietario tiene preferencia sobre un tercero (y no sé si ser Ley, pero dónde vivo, cuando se vendía (porque ya no se vende nada; el mercado está seco) un campo el vecino lindante también tenía preferencia sobre terceros (supongo que en ambos casos igualando el precio).
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Desconocía lo de la subasta judicial pero imagino que, en general, saldrá más caro el collar que el perro (si es difícil vender el bien imaginemos a qué precio habrá que subastarlo, además de los gastos que comporte forzar la subasta).

#4

Re: Duda venta inmueble (rústica, solar o vivienda) en proindiviso

En terrenos rústicos también hay el derecho de retracto en determinados casos, pero ahí ya no conozco tanto del tema, sé que influye las superficies y que hay preferencia del comunero respecto al lindero pero poco más.

Y respecto a la disolución del proindiviso por la subasta judicial, sí, sale más caro, pero es la única forma de fozar a vender al que no quiere...

#5

Re: Duda venta inmueble (rústica, solar o vivienda) en proindiviso

En terrenos rústicos es relativamente fácil hacer segregaciones pero en bienes urbanos no.