Es como dices pero tienes que tener en cuenta otras cuestiones.
La diferencia de precio entre los percibido por la venta y las cantidades pagadas por la adquisición, a la que se aplica los coeficientes de corrección monetaria, te dará como resultado la ganancia patrimonial.
Esa ganancia patrimonial, tiene una parte que se ha originado desde la compra hasta la fecha de 19.01.06 y otra que se ha originado desde el 20.01.06 hasta el día de la venta. Tendremos que calcular el importe de cada una de ellas proporcionalmente a los días transcurridos de cada periodo.
Sobre la ganancia obtenida hasta 19.01.06, es sobre la que aplicaremos los coeficientes de abatimiento dependiendo del año de adquisición. Como el inmueble se adquirió en 1991, a esta ganancia le aplicaremos una reducción del 44,44%.
Y si sumamos la ganancia así obtenida mas la ganancia originada desde el 20.01.06 hasta la fecha de la venta, obtendremos la cantidad sobre la que tendremos que tributar en la base imponible de ahorro.
Pero todos los cálculos los hace automáticamente el programa PADRE.
Saludos.