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Ayuda con declaración del 2015 debido al pufo de Gowex

5 respuestas
Ayuda con declaración del 2015 debido al pufo de Gowex
Ayuda con declaración del 2015 debido al pufo de Gowex
#1

Ayuda con declaración del 2015 debido al pufo de Gowex

Buenas.

Antes de nada os pediria evitar cualquier tipo de comentario respecto si hice bien hice mal o que podria hacer mejor. Ya demasiado estoy pasando personalmente en estos momentos.

Me gustaria recibir consejo unicamente sobre el tema que consulto y estare muy agradecido de cualquier aportación

Os comento mi caso exacto para que veais que puedo hacer.

En primer lugar tengo unas plusvalias en lo que llevamos de año de unos 9000 euros, más tarde inverti en Gowex y tengo unas perdidas respecto a Gowex de 30,000 Euros.

El caso tengo intención de venderselas a un conocido a través de un notario para poder declarar las perdidas.

Para la declaración de este ejercicio como son todo plusvalias y minusvalias inferiores a un año entran en la base imponible general.

El tema es, al tener 30.000 de minusvalias y 9.000 de plusvalias quedaria como 21.000 de minusvalias?

Esq tengo un pequeño lio con el tema de que solo pueden declararse un 10% de las minusvalias.

No tengo muy claro si solo podria coger 3.000 de minusvalias y quedarian 9000-3000= 6.000 de plusvalias y me tocaria pagar igualmente.

Entiendo que el total es lo que importa en el ejercicio y de esos 21.000 de perdidas solo me podre desgrabar un 10% en este ejercicio y en los proximos 4.

Otra consulta es como cambian la ley en relación a las plusvalias y minusvalias de menos de un año que ahora ya entraran en el tramo del ahorro. Yo como las genere en este ejercicio en los proximos 4 seguire desgrabandomelo en la base imponible general no?

Bueno muxas gracias por cualquier aclaración

#2

Re: Ayuda con declaración del 2015 debido al pufo de Gowex

1-¿Cómo se compensan las pérdidas bursátiles generadas a corto plazo?

Primero, con las ganancias bursátiles generadas a menos de un año; si el resultado es negativo, con el resto de rentas de la base general.
Las ganancias bursátiles generadas en menos de un año tributan en la base general (hasta el 52%). En principio, supone un duro golpe. Pero «puede resultar también beneficioso si hay que compensar minusvalías, pues también irán a ese tipo marginal», explica Victoria Rubio, directora de Asesoría Financiero-Fiscal de Citibank España. No es difícil que en 2013 acumulara minusvalías en su cartera. «Se consideran a corto plazo si entre la fecha de adquisición y la de venta de esos activos ha mediado menos de 12 meses, aunque no haya sido exclusivamente dentro de 2013, sino también, por ejemplo, en los últimos meses de 2012», explica Victoria Rubio. Si se encuentra en ese caso, «las pérdidas patrimoniales a corto de acciones, fondos, opciones o 'warrants', entre otros activos, se compensan todas entre sí», indica esta experta. «Si el resultado es negativo, entonces se podrá compensar esa cantidad con las rentas de la base general», apunta: rentas del trabajo, actividades económicas o alquileres, por ejemplo. «Pero con un límite del 10%», indica. Es decir, que si tiene una base general de 50.000 euros, podrá compensar sus pérdidas bursátiles a corto hasta los 5.000 euros. Y si aún así no ha conseguido completar la compensación, podrá hacerlo en los cuatro ejercicios fiscales posteriores. Por eso, Victoria Rubio aconseja «gestionar bien las posibles pérdidas, para no perder este crédito fiscal de hasta cuatro años con el que cuentan los contribuyentes».

#3

Re: Ayuda con declaración del 2015 debido al pufo de Gowex

Kindermalo; agradecería me indiques cual es el procedimiento para hacer la venta ante notario; con otras cantidades, estoy igual que tu y quiero quitarmelas del medio. Cualquier notario vale ?, te figuraria como una venta normal ?. Gracias

#4

Re: Ayuda con declaración del 2015 debido al pufo de Gowex

Buenas promerorey. Si sirve de ayuda, mi broker (ING) me confirmó que únicamente necesito un documento escrito donde figuren los datos de ambas partes, no siendo así necesario un poder notarial.
Si bien, parecía que no tenían mucha idea y quizá no esté de mas tener un poder notarial.

Particularmente me preocupa lo que ayer un forero comentó sobre como fijar el precio mínimo de la acción a la hora de la venta:

"Salvo prueba que el importe efectivamente satisfecho se corresponde con el que habrían convenido partes independientes en condiciones normales de mercado, el valor de transmisión no podrá ser inferior al mayor de los dos siguientes:

El valor teórico resultante del balance correspondiente al último ejercicio cerrado con anterioridad a la fecha de devengo del impuesto, siendo:
Valor Teórico = Patrimonio Neto de la Sociedad (Activo – Pasivo Exigible)/Nº Acciones

La capitalización al 20% del promedio de los resultados de los 3 ejercicios sociales cerrados a la fecha de devengo del impuesto + dividendos distribuidos + asignaciones a reservas, salvo las de regularización o actualización de balances.
Para el cálculo del valor mínimo de transmisión de valores que no cotizan en bolsa mediante la capitalización al tipo del 20%, se tomará el promedio de los resultados (beneficios y pérdidas) de los tres ejercicios sociales cerrados con anterioridad a la fecha de devengo del Impuesto. A este efecto, se computarán como beneficios los dividendos distribuidos y las asignaciones a reservas, excluidas las de regularización o de actualización de balances.

No obstante, si la sociedad sólo lleva un año funcionando se tendrá en cuenta únicamente el resultado de ese ejercicio."

Creo que todos agradeceríamos si alguien pueda echarnos un poquito de luz sobre el tema... o si no habrá que acabar buscando ayuda profesional (y psicológica :)

Saludos

#5

Re: Ayuda con declaración del 2015 debido al pufo de Gowex

Yo creo que debes de hacerlo ante notario.

http://www.eleconomista.es/interstitial/volver/mapjl/empresas-finanzas/noticias/5922914/07/14/Que-opciones-tienen-los-accionistas-de-Gowex-para-recuperar-su-inversion.html#.Kku8jrGkvTYuwHE

Respecto al comentario que pegas, viene reflejado en el artículo 37.1.b del la Ley de IRPF.

Y en este artículo se habla de "prueba", por lo que ya tenemos el problema de si la Agencia Tributaria considera la prueba presentada como válida o no.

En el artículo de El Economista, creo entender que presupone que con la venta notarial es suficiente, aunque yo no lo veo tan claro. Pero seguramente tendrá razón el autor del mismo.

Saludos.

#6

Re: Ayuda con declaración del 2015 debido al pufo de Gowex

Gracias por la información cillian01

Has podido averiguar realmente qué precio sería el que habría que considerar para calcular la minusvalia ?; en otro post se indica que el de cierre (7,92 €)