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Deducción por gastos educativos

7 respuestas
Deducción por gastos educativos
Deducción por gastos educativos
#1

Deducción por gastos educativos

He revisado un poquito el tema y he visto que es posible la deducción por gastos de escolaridad y gastos de enseñanza de idiomas cierta cantidad en la comunidad de Madrid, pero no me queda claro el requisito máximo tal y como lo ponen:

" Que la suma de la base imponible general y del ahorro del contribuyente, junto con la correspondiente al resto de miembros de su unidad familiar (40), suma  de las  casillas  366 y  374  de  la  página  11  de  la  declaración, no supere la cantidad en euros correspondiente a multiplicar por 30.000 el número de miembros de dicha unidad familiar."

¿Alguna aclaración?

Gracias

#2

Re: Deducción por gastos educativos

Sumas las casillas 366 y 374 de la declaración; si ese número es superior a 30000 x Nº de miembros de tu familia (generalmente padres más todos los hijos menores de edad) no tienes derecho a la deducción, si es menor o igual sí.

#3

Re: Deducción por gastos educativos

Debo estar un poco espeso, y lo quiere decir es ¿que multiplique la suma de las dos casillas X el numero de la unidad familiar y que dicho resultado no de más de 30000€? o que la suma simplemente no de más de 30000€.

Gracias una vez más Kyrie

#4

Re: Deducción por gastos educativos

No, mira:

- (366) + (374) = X
- 30000 x (Nº de miembros de tu unidad famailiar) = Y

Si X > Y NO tienes derecho a la deducción, en caso contrario sí.

#5

Re: Deducción por gastos educativos

Por esa regla de tres todos los que tengamos un sueldo "normal" con una unidad familiar compuesta por 3 personas tenemos derecho a dicha deducción, que bueno entonces.

Muchas gracias por tu aclaración

#6

Re: Deducción por gastos educativos

Por lo que dices, esa deducción si beneficiará a mucha gente, no como la de Castilla-La Mancha, que tiene unos límites mucho más bajos y que sólo cambian entre declaración individual y conjunta y si es familia numerosa, pero en ningún caso los multiplica por el nº de miembros:

"Límites sobre la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro menos el mínimo por descendientes:

Contribuyentes que no tengan la condición legal de familia numerosa y presenten declaración conjunta:
- Hasta 12.000 €; 100 € por hijo.
- Entre 12.000,01 y 20.000,00 €; 50 euros por hijo.
- Entre 20.000,01 y 25.000,00 €; 37,50 € por hijo.
Contribuyentes que tengan la condición legal de familia numerosa y presenten declaración conjunta:
- Hasta 40.000 euros; 150 euros por hijo.
Contribuyentes que no tengan la condición legal de familia numerosa y presenten declaraciones individuales:
- Hasta 6.500 €; 50 € por hijo.
- Entre 6.500,01 y 10.000,00 €; 37,50 € por hijo.
- Entre 10.000,01 y 12.500,00 €; 25 € por hijo.
Contribuyentes que tengan la condición legal de familia numerosa y presenten declaraciones individuales:
- Hasta 30.000 €: 75 € por hijo.

#7

Re: Deducción por gastos educativos

La condición principal es que el colegio sea completamente privado, con lo cual si es publico o concertado ya no hay deducción. En cambio si tienen como actividad extraescolar un idioma en cualquier tipo de colegio si se puede deducir.

#8

Re: Deducción por gastos educativos

He abierto un tema sobre el desgravar en colegios concertados. sergioccd en la LEY 9/2010 no dice nada de que sean colegios privados, o al menos yo no lo he visto.