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IRPF al fallecer una persona

9 respuestas
IRPF al fallecer una persona
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#1

IRPF al fallecer una persona

Empty, queria preguntarte, mi madre fallecio el mes pasado de enero 2014.- como debo hacer el tema de declaracion del irpf, hasta cuando, si se hace este año, y incluso el que viene.- el tema del impuesto de sucesiones tambien se que son seis meses para presentarlo y al ser en galicia no se tambien a que baremo esta sometido y lo que deben pagar los hijos, si tambien puedes informarme de esto te lo agradezco .gracias

#2

Re: IRPF al fallecer una persona

La declaración de renta del año 2013, si estaba obligada o si sale a devolver, en el periodo normal entre mayo y junio del año 2014.

Los días de enero del año 2014, para el mayo y junio 2015.

El Impuesto Sucesiones, existe un plazo de seis meses a contar desde la fecha del fallecimiento.

Cantidades a pagar y baremos, dependen de muchos factores. No sé si el enlace que te copio estará actualizado:

http://www.ineaf.es/divulgativo/sistema-tributario/impuesto-sucesiones-donaciones/impuesto-sobre-sucesiones-y-donaciones-isd-sucesiones-galicia

Una forma de orientarse gratuita y fácil, es en la Consejería de Hacienda de la Comunidad de Galicia o acudir a un notario.

Saludos.

#3

Re: IRPF al fallecer una persona

gracias, yo pensaba que habia algun apartado en donde se comunica el fallecimiento y que ya no habia necesidad de hacerla el 2015,... la del 2014 me lo suponia.- en cuanto al de sucesiones pues si, ire a la xunta un saludo

#4

Re: IRPF al fallecer una persona

Puede ser que, al fallecer en enero de 2014, no tenga obligación de declarar y así te ahorres la declaración a presentar en 2015.

#5

Re: IRPF al fallecer una persona

Una apreciación que te puede ser de utilidad: si sale una cantidad a pagar en el IRPF del 2014 es deuda del causante y puede quitarse en Sucesiones, así mismo si sale una cantidad a devolver se ha de meter como mayor caudal hereditario; es más, pueden incluso solicitarte en Hacienda que hagas una complementaria de Sucesiones para que te devuelvan el IRPF.

Un saludo.

#6

Re: IRPF al fallecer una persona

Como dice Empty, en esta proxima campaña de renta tendreis que hacer la del fallecido si estaba obligado, si sale a pagar se pone como deuda deducible en sucesiones. Si sale a devolver, algunos la meten como más herencia, otros no, si te obligaran a meterla para la devolución y ya lo habeis presentado(que no creo), la presentas como una adición en la Comunidad y ya está, normalmente ni se molestarán en hacer complementaria si es entre padres e hijos.
Lo que si va a pasar es que cuando se detecte que el contribuyente ha fallecido, la devolución se paraliza, aconsejan que en septiembre se pase uno por la Delegación para aclarar el tema con la documentación pertinente (testamento, etc) para que liberen la devolución lo antes posible.

Un saludo

#7

Re: IRPF al fallecer una persona

La del 2014, yo me olvidaría, es casi imposible que le salga obligación de presentar por un mes, y menos a pagar. Si puede ser que interese presentarla para que devulevan algo, pero hay que esperar a su campaña correspondiente y volver a hacer todo el lío.

Un saludo

#8

Re: IRPF al fallecer una persona

os doy muchisimas gracias Juan... Leopol...Kyrie.- porque aparte de lo mal que lo estoy pasando, por su perdida, estas cosas no animan nada.- siempre ayuda mucho encontrar personas como vosotros que ayudan y se nota la buena intencion .- muchisimas gracias.- ella siempre le devuelven tenia una pequeña pension pero tenia algunos ahorros y de esas retenciones la correspondiente devolucion.- lo de hacer el irpf en 2015 creo que no sera necesario ya que al no estar sujeta a pagar, entiendo que no sera necesario.- ahora este año para que devuelvan lo del 2013 pues si.- ahora eso de incluir esa devolucion en el patrimonio a heredar, como tampoco se sabe como sera el resultado de la renta, pues en principio sera mejor no incluirlo, a ver que pasa.- claro me estais diciendo que alomejor para que lo devuelvan habra que hacer otra vez el de sucesiones, osea una complementaria, incluyendo en el patrimonio la devolucion y tributar por eso, no se.- ahora en cuanto a la tributacion aqui en galicia tengo entendido que la vivienda habitual esta casi exenta, nose vosotros como lo veis, ya no os molesto mas ,, un saludo