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Impuesto donacion

4 respuestas
Impuesto donacion
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#1

Impuesto donacion

Buenos dias...madre quiere donar a su hija cantidad importante en efectivo. Podria alguien orientarme sobre pasos a seguir. La hija vive en diferente comunidad autonoma. La pregunta es...
1-Deben madre e hija comparecer juntas ante notario el dia de la donacion?
2-Quien debe pagar el impuesto de donacion, y en que comunidad autonoma? en la de la madre (Valencia), o en la de la hija (Palma de Mallorca.
3-Se puede transferir el importe de la donacion, antes de ir al notario?
Gracias

#2

Re: Impuesto donacion

1. Acudir al notario, puede que no sea necesario.

2. Debe de pagar quien recibe el dinero (hija) y en su lugar de residencia (Baleares).

3. Si no estoy equivocado, solamente hay que acudir al notario cuando el contribuyente destine el importe de la donación dineraria a la adquisición de su primera vivienda habitual y quiera acogerse a la reducción correspondiente.

Salvo mejor opinión.

Saludos.

#3

Re: Impuesto donacion

De eso se trata de acogerse a la reduccion para minimizar el impuesto de donacion a pagar. Gracias

#4

Re: Impuesto donacion

Artículo 29 Reducción en las donaciones dinerarias de padres a hijos u otros descendientes para la adquisición de la primera vivienda habitual 1. En las donaciones dinerarias de padres a hijos u otros descendientes para la adquisición de la primera vivienda habitual se aplicará una reducción de 57%, siempre que se cumplan los siguientes requisitos: a) La donación tiene que formalizarse en escritura pública y se tiene que hacer constar de manera expresa la voluntad de que el dinero donado se destine a la adquisición de la primera vivienda del hijo o descendiente que tiene que constituir su residencia habitual. b) La edad del donatario tiene que ser inferior a los 36 años en la fecha de formalización de la donación. c) La vivienda debe adquirirse dentro del plazo máximo de 6 meses desde la formalización de la donación. d) El donatario tiene que tener un patrimonio inferior a los 400.000,00 euros en el momento de la fecha de formalización de la donación. e) El importe máximo de la donación susceptible de integrar la base de la reducción es de 60.000,00 euros. No obstante, en el caso de contribuyentes discapacitados con un grado de minusvalía física, psíquica o sensorial igual o superior al 33%, este importe es de 90.000,00 euros.
Fuente: Ley 22/2006 de 19 de diciembre, de reforma de impuesto sucesiones y donaciones Baleares. Por tanto, si se cumplen los requisitos, hay que acudir al notario antes de liquidar el impuesto. Saludos.
#5

Re: Impuesto donacion

Yo estoy en un caso parecido, mis padres se quieren comprar una segunda residencia, son mayores y la quieren poner a mi nombre, vamos que sera la residencia de veraneo familiar, el problema es que no puedo empadronarme en la localidad donde voy a comprar la residencia ya que tendria problemas con la sanidad en mi lugar de residencia habitual.
Así que ahí va la duda, que problemas puede haber si mis padres ponen el piso a mi nombre, sera mi primera vivienda, pero no mi residencia habitual.