Acceder

¿Cómo desgravar por cambio de vivienda habitual?

3 respuestas
¿Cómo desgravar por cambio de vivienda habitual?
¿Cómo desgravar por cambio de vivienda habitual?
#1

¿Cómo desgravar por cambio de vivienda habitual?

En 2003 compré un piso por 120.000 €, de los que he ido deduciendo en la declaración lo máximo posible, y aún me quedan otros 50.000€. Es decir, amorticé 70.000 €, aunque realmente pagué más (los intereses que se lleva el banco). En 2011 compré un piso en construcción que me lo entregarán en el verano de 2013. ¿Cuándo podré empezar a amortizar por el nuevo piso, que va a ser mi vivienda habitual? ¿Cuando haya invertido en ella los 70.000 € que ya amorticé por el otro? ¿o hay que tener en cuenta también los intereses pagados al banco? Lo fácil es saber cuánto se amortizó, lo difícil es calcular el dinero total pagado por ello, incluidos intereses bancarios. Gracias y enhorabuena por las aportaciones.

#2

Re: ¿Cómo desgravar por cambio de vivienda habitual?

Buenas tardes nastur74,

Podrás deducir ya las cantidades entregadas a cuenta al promotor, con el límite de 9.040 euros anuales, hasta que las obras de construcción finalicen, lo que debe ocurrir en un plazo no superior a cuatro años desde el inicio de la inversión.

En el siguiente artículo podrás encontrar información relativa a este tema, junto con un vídeo explicativo.

Deducción por vivienda habitual. Declaración de la Renta 2012

Saludos.

#3

Re: ¿Cómo desgravar por cambio de vivienda habitual?

Hola Carla y gracias por la respuesta, pero creo que me he expresado de forma horrible. La pregunta no era "¿Cuándo podré empezar a amortizar por el nuevo piso?", sino ¿Cuándo podré empezar a desgravar por el piso nuevo?. Sé que tengo que, al menos, igualar las cantidades desgravadas por el primer piso en la compra del segundo, pero en esas cantidades desconozco si están incluidos los intereses del banco o no. Gracias nuevamente

#4

Re: ¿Cómo desgravar por cambio de vivienda habitual?

Podrás desgravarte lo pagado por la nueva vivienda cuando superes las bases de deducción acumuladas por la anterior vivienda.
Si cada ejercicio has practicado la deducción por el importe máximo, y llevas 10 años (2003 a 2012), ya llevas acumulado al menos algo más de 90.000 €.
Cuando por la nueva, entre construcción y futura adquisición, hayas acumulado pagos que superen los 90.000 € previamente ya deducidos, podrás empezar a desgravar los nuevos pagos.

La nueva vivienda te la deberán entregar como máximo en 2015, y deberás habitarla efectivamente como máximo un año después (en 2016), y al menos tres años seguidos.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!