IRPF 2012
Buenos días quería pedirles ayuda para mi declaración. Les expongo mi caso
En el mes de diciembre del pasado año 2012 me compre un piso junto con mi novia. La propiedad al 50%.
A finales de año ella ha marchado a Reino Unido a trabajar. Yo continuo viviendo en España, pero si me sale trabajo fuera me iría con ella. Entiendo que en la declaración que tenemos que presentar del 2012, debemos deducirnos los gastos de la operación (AJD, notaria, IVA y gestoria, subrogación y novación -no se sí falta alguno o si sobra-) al 50% (no hemos pagado ninguna letra aún de la hipoteca) al haber sido hasta final de año nuestra vivienda habitual y de hecho lo sigue siendo, al menos para mi.
Si yo marcho a finales de este año con ella. ¿Debería luego reintegrar la deducción de los gastos de la compra al no haber transcurrido los 3 años? ¿Y mi novia también?
Por otro lado ella lleva trabajando este año en RU y de momento no ha cambiado su domicilio fiscal allí. ¿Cómo debe hacerlo? ¿Debe darse de alta como No Residente? ¿Cómo hace esto también? Creo haber leído que luego ella debe hacer declaraciones trimestrales con el mod. 210 ¿es así? ¿Para ella deja de ser su vivienda habitual y lo es para mi si continuo en España? ¿Debería deducirme para la próxima declaración la mitad de las cuotas del préstamo? Lo digo para la declaración del año siguiente...
La entidad financiera donde contratamos la hipoteca nos ha pasado una información fiscal en la que a mi me pone como titular de 3 préstamos y a mi novia de 2 préstamos. No entiendo a que se refiere si hay sólo un préstamo hipotecario que debemos devolver al 50%. Estos préstamos incluyen unos gastos financieros y unos intereses. ¿Qué son estos gastos e intereses? ¿Son deducibles? ¿Tengo qué considerar sólo un préstamo hipotecario? Quizás cómo ha existido una novación se refiere a eso, pero no lo se... Lo que pasa es que en el borrador de la renta que nos ha pasado la AEAT si que aparecen los diferentes préstamos.