Re: El pago de la fianza con el pago del primer se incluye en el importe a deducir
Buenas tardes Sergio,
Las cantidades que dan derecho a deducción son las cantidades satisfechas en el ejercicio en concepto de alquiler de la vivienda habitual.
Concretamente, no dan derecho a deducción las cantidades satisfechas por conceptos distintos del alquiler, tales como las correspondientes a gastos, suministros o consumos.
Saludos.
Re: El pago de la fianza con el pago del primer se incluye en el importe a deducir
Re: El pago de la fianza con el pago del primer se incluye en el importe a deducir
Hola Carla,
En relación a tu respuesta, y para no abrir otro hilo: si el contrato establece que yo (arrendatario) me hago cargo de los gastos de comunidad e IBI, ¿puedo añadir el importe de los mismos como mayor cuota de alquiler al rellenar el apartado de la deduccion en mi declaración?
En relación a los sumimistros (luz, agua...), entiendo que nunca serán objeto de deducción cuando los satisgago yo como arrendatario, ¿verdad?
Mil gracias!