los efectos fiscales para tus padres en el irpf son lo que indica rakam rojo. Por la donacion no deben pagar nada y tu si resides en valencia tienes una reduccion en la base del 99% eso si teneis que hacerlo en escritura publica.
► Bonificación para adquisiciones ínter vivos por determinados parientes del donante:
Las adquisiciones lucrativas inter vivos que se realicen a favor de los padres, adoptantes, hijos o adoptados del donante (y también nietos, cuando su progenitor, que era hijo del donante, hubiera fallecido, o abuelos, cuando su hijo, progenitor del donante, hubiera fallecido) se benefician de una bonificación del 99% de la cuota, con el límite máximo de 420.000 euros, cuando concurran los requisitos siguientes:
Que el patrimonio preexistente del donatario no exceda de 2.000.000 €.
Que el donatario tenga su residencia habitual en la Comunidad Valenciana.
Que la donación se haga en documento público en el que, además, conste el origen justificado de su objeto si lo que se dona es dinero o cuentas o fondos de los referidos en el artículo 12 Ley del Impuesto sobre el Patrimonio.
Un saludo