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Duda de interpretacion datos fiscales

3 respuestas
Duda de interpretacion datos fiscales
Duda de interpretacion datos fiscales
#1

Duda de interpretacion datos fiscales

Hola a todos

Tengo una dudas sobre como tengo que interpretar unos datos fiscales que hacienda me indica pero que no se muy bien que tengo que utilizar para trasladarlo al programa padre.

Tengo un apartado en mis datos fiscales "VENTAS DE ACTIVOS FINANCIEROS Y OTROS VALORES MOBILIARIOS" que hacienda no me incluye automaticamente y los cuales tengo que incorporar yo.
En este apartado hay unas columnas donde se detallan los valores y donde me indican que un valor es un "rendimiento Explicito" que no se muy bien que es y donde tengo que declararlo y luego me indica un importe debajo de la columna "Imp. Venta" y otro importe debajo de la columna "Rendimiento" (que es negativo la cantidad). Mi duda es si la columna de Rendimiento es la que tengo que incorporar directamente o si por el contrario tengo que buscar el importe de compra y restarlo con el de venta que ellos me indican ahi.
Creo que son de una bonos del Santander o algo asi, por lo que no se muy bien como tengo que hacerlo.

Agradeceria cualquier ayuda.

Un saludo

#2

Re: Duda de interpretacion datos fiscales

En el caso concreto que comentas, debes llevar el rendimiento (positivo o negativo) a la Casilla 026.

Rendimiento explicito , quiere decir que esta determinado sin necesidad de tomar los valores de adquisición y de venta ... Intereses en general.

Rendimiento implícito , quiere decir que no se determina hasta que se compara el valor de compra con el de venta.

Saludos

#3

Re: Duda de interpretacion datos fiscales

entonces siempre que venga un importe (positivo o negativo) debajo de esa columna de rendimiento es eso lo que hay que incorporar en la declaracion?
Y si pone "derechos suscripcion"? eso como se computa.

Gracias por tu respuesta

#4

Re: Duda de interpretacion datos fiscales

Los derechos de suscripción no tienen rendimientos , tiene el importe obtenido en la venta , como si fueran acciones.

En el caso de derechos de suscripción , no hay que declararlos , pero si se han de tener en cuenta fiscalmente . Su cobro se ha de aplicar como menor valor de adquisición de las acciones que originan el derecho, cuando estas acciones se vendan tendrá efecto fiscal esta venta de derechos ya que minora el valor de adquisición.

Si se trata de acciones , también solo viene la venta , en este caso el contribuyente debe declarar esta venta , incorporando el valor de adquisición , para obtener la plusvalía/minusvalía por la diferencia entre el valor de venta y el de adquisición.

Saludos