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Deducir 3% amortización de inmueble heredado en 2011 y alquilado en 2012, sobre que valor se aplica el %?

3 respuestas
Deducir 3% amortización de inmueble heredado en 2011 y alquilado en 2012, sobre que valor se aplica el %?
Deducir 3% amortización de inmueble heredado en 2011 y alquilado en 2012, sobre que valor se aplica el %?
#1

Deducir 3% amortización de inmueble heredado en 2011 y alquilado en 2012, sobre que valor se aplica el %?

Hola, quiero meter además del ibi y la comunidad el tema de la amortización en los gastos deducibles del rendimiento íntegro del aquiler en 2012 de un inmueble. Lo heredé parcialmente(en concreto 33,33% en pleno propiedad y 16,67% nuda propiedad, el resto es de mi madre)a raíz del fallecimiento de mi padre en 2011. El inmueble es del año 2006. Me he estado mirando la guía y el foro y se habla de aplicar 3% sobre el mayor de dos valores: el valos catastral de la construcción y el coste de adquisición de la construcción, pero también se habla de el cvaso de inmuebles heredados como otro caso, y ese es el que no me queda claro. Lo más sencillo para mí es usar el valo catastral porque lo otro tendría que consultar escrituras antiguas y otros papeles, pero bueno no sé, qué hago?

gracias por adelantado

#2

Re: Deducir 3% amortización de inmueble heredado en 2011 y alquilado en 2012, sobre que valor se aplica el %?

La nuda propiedad no genera ni imputación de rentas, ni participación en los rendimientos del arrendamiento. Las rentas de alqwuiler son un fruto de la cosa, y corresponde a quien tenga el usufructo.

Tú tienes el 33,33 % del usufructo (por la plena propiedad), y tu madre el 66,67 % del usufructo (50 % por la plena propiedad, y 16,67 % por el solo usufructo).

La amortización se calcula sobre el mayor de:
Valor catastral
Coste efectivo de adquisición.

En el caso de inmuebles heredados, el coste efectivo es solo el impuesto de sucesiones. Así que sería muy raro que éste fuese superior al valor catastral.
Lo normal es que solo sea de aplicación el 3 % sobre el valor catastral del vuelo.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Deducir 3% amortización de inmueble heredado en 2011 y alquilado en 2012, sobre que valor se aplica el %?

gracias por responder, lo de los porcentajes ya más o menos lo tenía claro, lo de calcularme todo en un 33,33% y a mi madre en proporción al resto, el 66,67.

Respecto al valor a tomar para lo de la amortización decir que el impuesto de sucesiones que pagué fue insignificante, ya que en su momento estaba bonificado al 99,9%. Así que el valor catastral será lo que usaré para el cálculo.

#4

Re: Deducir 3% amortización de inmueble heredado en 2011 y alquilado en 2012, sobre que valor se aplica el %?

En un caso similar de cuotas de plena propiedad y usufructo en un inmueble y alquiler de ese inmueble, ¿puede la persona usufructuaria amortizar el 3% del porcentaje que tiene de usufructo aplicado al catastro? (en nuestro caso este usufructo no supuso ningún coste en el Impuesto de Sucesiones). Me pareció leer en el Manual de Renta (y después lo corroboré en la Ley y el Reglamento) que en el caso de usufructos solo se puede aplicar el porcentaje de amortización SOBRE el coste de adquisición de dicho usufructo (cuando ha habido un coste), no dicen nada sobre el catastro, como alternativa que sí se contempla en el caso de proporciones heredadas de plena propiedad. Dentro del apartado donde se explica lo de la amortización se hace una distinción específica cuando hay un usufructo sobre el inmueble puesto en alquiler. No sé si esto es así, o también se puede elgir catastro o coste de adquisición en el caso del usufructo.
Es decir, en nuestro caso ¿Podría una persona con una proporción en plena propiedad y otra en usufructo sobre el mismo inmueble aplicar el porcentaje de amortización sobre el coste de adquisición en el caso de su cuota de plena propiedad (que ella pagó cuando compró el piso en gananciales) y en el caso de su cuota de usufructo aplicar el porcentaje de amortización sobre la proporción correspondiente del catastro?
Gracias

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