Acceder

Declaracion primer año casado con dos pisos.

1 respuesta
Declaracion primer año casado con dos pisos.
Declaracion primer año casado con dos pisos.
#1

Declaracion primer año casado con dos pisos.

Buenas tardes a todos. Soy nuevo aqui, a ver si me podeis ayudar porque no se que tengo que hacer.

Me casé en mayo del año pasado,y yo tengo un piso por el que me desgrabo y mi ahora mujer se desgraba por uno que ella compro antes de ser novios el cual es de proteccion.

En mi declaracion claro esta yo me desgrabo por ser donde vivimos, nuestra vivienda habitual, el problema es ella, no sabemos que hacer porque al poner la casilla de casada pregun ta cual es la vivienda habitual, y claro ya no es su piso de proteccion.

Se podra desgrabar hasta mayo de lo que pago?

A partir de ahora solo nos podremos desgrabar por un piso?

Si es asi podremos aportar cada uno 9000 euros y desgrabarnos en dos declaraciones individuales y cuando se pague un piso ponernos de vivienda habitual la otra y seguir desgrabando?.

ACONSEJEME QUE HACER POR FAVOR.

#2

Re: Declaracion primer año casado con dos pisos.

Desde la fecha del matrimonio, la vivienda donde conviven los cónyuges es la habitual y sobre la que se podrá seguir aplicando las deducción por inversión , con el limite de 9.040 euros por declaración.

Si se tiene el régimen de Gananciales , desde el momento del matrimonio , esta vivienda que hasta el matrimonio es un bien privativo de uno de los cónyuges, pasa a partir de ese momento en un bien de la Sociedad de Gananciales y las aportaciones a la amortización de la hipoteca aun pendiente, se realiza con rentas gananciales y por tanto se puede desgravar al 50% cada cónyuge.

Por la otra vivienda privativa del otro cónyuge , desde el matrimonio , no podrá aplicarse deducción alguna ya que ha dejado de ser vivienda habitual . Aquí hay que tener presente que la condición de vivienda habitual se obtiene una vez transcurridos TRES años desde su adquisición, si esta condición no se cumple , se debe devolver las deducciones que hasta la fecha se hayan solicitado a la AEAT.

Es aconsejable que se tenga bien detallado que porcentaje de la vivienda privativa que pasa a la Sociedad de Gananciales, corresponde a lo amortizadoo antes del matrimonio (Privativo) y lo que queda pendiente que será de Gananciales al 50%. Esto evitara en el futuro problemas de titularidad de dicho bien.

Respecto la otra vivienda privativa, que también tiene pendiente de amortizar , si estas amortizaciones pendientes se soportan con solo rentas privativas , seguirá siendo privativa íntegramente, pero si se soportan con bienes gananciales se tiene el problema de la consideración de la titularidad de este bien , desde el pago conjunto.

Saludos