Acceder

Fiscalidad indemnizacion valores santander

4 respuestas
Fiscalidad indemnizacion valores santander
Fiscalidad indemnizacion valores santander
#1

Fiscalidad indemnizacion valores santander

Me acaba de llamar un familiar para preguntarme un tema de fiscalidad que no tengo ni idea. Por lo visto tenía los valores santander y se ha metido en pleitos con el banco santander. Por lo visto, le han hecho el canje al precio estipulado y venderá los valores en el mercado. No recuerdo cantidades pero pongamos un ejemplo: invirtió 30000 euros, de los cuales al convertirlos en acciones santander y venderlas, le van a dar "X", pongamos 20.0000 euros. El banco, le ha dicho que le paga los 10000 euros que le faltan, que supongo que será en concepto de indemnización, pero eso tributa y el banco no se hace cargo del mismo.

¿Habría alguna forma de articularlo en la firma, para que no tribute? o alguna forma de proponer al banco para que no lo haga?

Un saludo y gracias de antemano.

Por otro lado, supongo que para la declaración los valores se harán precio de compra de los convertibles precio de venta de las acciones y nada, genera minusvalías, que como no tiene plusvalías de años anteriores, no se los podrá desgravar.

#2

Re: Fiscalidad indemnizacion valores santander

Tributar, tributa siempre. Otra cosa es que el saldo final salga 0. Y x% de 0 es 0.

Banco Santander entrega las acciones (valoradas en X), y un dinero-indemnización (Y)

Por la parte de X (A-X), se habrá generado un rendimiento negativo (ojo, rendimiento, no minusvalía).
Por la parte de Y (0+Y), se generará un rendimiento positivo.

Si la entrega de la indemnización es en unidad de acto junto a las acciones, es un rendimiento implícito, sin retención IRPF.
Si la entrega de la indemnización NO es en unidad de acto, si no en otro momento, otro día, mediante un acuerdo contractual aparte de la entrega de las acciones, es un rendimiento explícito, y tiene retención IRPF.

El año que viene, tocará declarar toda la operación, con un rendimiento negativo = -Y, y un rendimiento positivo = +Y. Resultado igual a 0.
Las retenciones, serán un pago a cuenta de la declaración, y en el caso, le corresponderá una devolución (o un menor pago).

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Fiscalidad indemnizacion valores santander

Tengo una duda a tus comentarios, que agradezco muchísimo,,,pero eso de unidad de acto, como se articularía? Hay alguna forma de redactarlo? Puesto que las acciones se venden a un precio indicado pero ¿como hago para que todo se produzca en el mismo acto como comentas?

He hablado con mi familiar y me comenta que la cantidad eran unos 27000 euros y que le daran por la venta de acciones 14000 euros y 13000 en indeminización, y que le han dicho que todo se pondrá como valor de transmisión... ¿eso es a lo que se refiere para que sea en un único acto verdad?

Gracias de antemano. Un saludo.

#4

Re: Fiscalidad indemnizacion valores santander

No tengo ni idea.
Todo viene de un lío que ha montado una consulta vinculante a la DGT.
Si el Banco Santander pone como valor de trasmisión los 27.000, entiendo que de cara al receptor es unidad de acto, y que ya será el Bano quien internamente y contablemente ponga las cosas en uno u otro apartado.

La tributación final efectiva será nula, sea de una u otra manera. Pero lo del 21 % de retención puede fastidiar.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Fiscalidad indemnizacion valores santander

Gracias por tu respuesta. Me ha aclarado bastante el tema.

Un saludo.