Re: Donación
Pues sí. Se supone que lo que hicieron tus padres es una donación. Es un Impuesto cedido a las comunidades autónomas.
Si no estoy equivocado, en Galicia la donación de padres a hijos de cantidades para la adquisición de su primera vivienda habitual, tiene una reducción de la base imponible del 95%, en el caso de que tuvieras menos de 35 años y hagas la operación mediante escritura pública (notario).
El plazo para liquidar el impuesto es de un mes. Si consultas con un notario, quizás te pueda orientar de las consecuencias que te podría ocasionar hacerlo pasado el plazo, el coste que te supondría y si cabe la posibilidad de hacerlo por el total (25.000 + 10.000).
Lo de la cuenta abierta con ellos, pienso que no sirve para nada. Si la donación existe, según la normativa hay que liquidarla.
Saludos.