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Rescate plan de pensiones por enfermedad conyuge

1 respuesta
Rescate plan de pensiones por enfermedad conyuge
Rescate plan de pensiones por enfermedad conyuge
#1

Rescate plan de pensiones por enfermedad conyuge

quisiera saber de que manera puedo cobrar mi plan de pensiones,si en forma de capital(completo) o en forma de renta,de que manera hacienda me retendría menos impuestos.gracias

#2

Re: Rescate plan de pensiones por enfermedad conyuge

Si lo cobras en forma de capital, por el rescate de las aportaciones efectuadas hasta el 31.12.06 tendrías una reducción del 40%. El rescate de las aportaciones a partir de esa fecha, no tienes esa reducción. Una vez calculado el importe que te corresponde recibir en forma de capital, te deben de retener como si fuese un rendimiento de trabajo personal (como si fuera una nómina).

Si lo cobras en forma de renta, las cantidades que te paguen también se consideran rendimientos de trabajo, no tienen reducción alguna y estarán sujetos a retención. Y deberás declararlos todos los años que te abonen esa renta.

En principio, no se puede decir que fiscalmente una forma de rescate es mejor que otra. Dependerá de cada contribuyente y de su situación personal y económica. En forma de capital cabe la posibilidad de que te puedas aprovechar de la reducción y tienes el dinero en tu poder disponible. En el supuesto de renta, no hay posibilidad de reducción, pero la renta obtenida la obtienes en varios años, por lo que la carga impositiva se diluye en más tiempo.

Saludos.

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