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Impuesto sucesiones y dinero en un calcetin en casa

12 respuestas
Impuesto sucesiones y dinero en un calcetin en casa
Impuesto sucesiones y dinero en un calcetin en casa
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#1

Impuesto sucesiones y dinero en un calcetin en casa

Mi madrina de 95 años por su avanzada edad convive conmigo y mi familia desde hace ya algunos años. Por el momento es relativamene independiente en sus actividades diarias.

Es propietaria de una vivienda, que según el testamento me la deja de herencia a s fallecimiento. Tenemos de forma INDISTINTA una c/c a la vista con una cantidad de dinero, que tenemos de reserva por si en algún momento necesitara contratar a 1 o 2 personas para su atención en nuestra casa, o una residencia si fuese necesario

Tengo claro que a su fallecimiento tendría que satisfacer el impuesto de sucesiones respecto de la vivienda. Sinembargo, respecto al importe de la c/c de la que somos titulares de forma indistinta estoy pensando realizar con su consentimiento una trasferencia por el importe total a una c/c a mi nombre solo, o bien sacar el dinero y tenerlo en efectivo en un calcetin en casa o alquilar una caja de caudales en una entidad bancaria?

Me gustaría me aclararan de forma puntual los siguientes aspectos:

1) A su fallecimiento, ¿cual es el porcentaje por el que tributaría por el impuesto de sucesiones en la Comunidad de Canarias, teniendo en cuenta que no me une parentesto directo? y ¿cual sería el valor a aplicar a la vivienda el de mercado o el catastral?

2) Al trasferir el dinero a una c/c a mi nombre solo, ¿estaría incurriendo en alguna ilegalidad cara a Hacienda?

3) Al llevarme el dinero a un calcetin de nuestra casa, MANTENIENDO LA TITULARIDAD DE DICHO DINERO DE FORMA INDISTINTA, ¿incurro en alguna ilegalidad cara a Hacienda? ¿es ilegal tener dienero en efectivo en casa o en una caja de caudales de una entidad bancaria?

Agradecería que las constataciones lo hechas de forma puntual, tal como están planteadas.

Atte
L. González

#2

Re: Impuesto sucesiones y dinero en un calcetin en casa

1. Depende de las cantidades de que estemos ablando. El Impuesto de sucesiones es progresivo y no existe tipo único. La comunidades autónomas suelen tener unos baremos para calcular el valor de los inmuebles a efectos del Impuesto de Sucesiones y el Impuesto Transmisiones Patrimoniales.

2. Si no liquidas esas cantidades en el Impuesto de Sucesiones, sí.

3. Una vez liquidado el Impuesto, puedes hacer con el dinero lo que quieras.

Saludos.

#3

Re: Impuesto sucesiones y dinero en un calcetin en casa

Perdón, no me he explicado bien:
Los puntos 2 y 3, son en el supuesto ANTES DE SU FALLECIMIENTO. Es dedcir o bien trasferir el dinero a una c/c a mi nombre solo en vida de mi madrina, o bien llevarmelo a un calcetin en mi casa (en este ultimo supùesto ese dinero sigue siendo INDISTINTO entre ambos)

#4

Re: Impuesto sucesiones y dinero en un calcetin en casa

En vida, si traspasas el dinero a una cuenta tuya, es una donación y está sujeta al Impuesto de donaciones. Pero ten en cuenta que salvo prueba en contrario, ya eres propietario del 50% de los fondos de esa cuenta. Si en vez de transferirlo, sacáis el importe en efectivo y te lo llevas a tu casa (calcetín), es como si tu madrina se lo hubiera gastado.

Saludos.

#5

Re: Impuesto sucesiones y dinero en un calcetin en casa

Entonces ¿debo entender que es mas beneficioso para mí sacarlo y llevarlo a un calcetin en mi casa donde la propiedad sigue siendo INDISTINTA y por lo tanto no hay donacion alguna?

#6

Re: Impuesto sucesiones y dinero en un calcetin en casa

Tenéis una cuenta indistinta, que vamos a suponer que tiene 100 unidades monetarias. A cada titular le corresponde una propiedad de 50. En el caso de que la cantidad de 100, la traspaséis a una cuenta en la que tú seas el único titular, se supone que ha habido una donación de 50, ya que las otras 50 ya eran tuyas.

En el caso de que canceléis la cuenta y las 100 te las lleves a tu casa, nunca se podrá saber donde han ido a parar ni las 50 de tu madrina ni las 50 que eran tuyas. Por lo tanto, no hay ninguna donación al suponerse que es para gastos.

Y todo depende del valor de esas 100: podemos estar hablando que en la cuenta hay 1.000 euros, que hay 10.000 euros, que 100.000 o de 1.000.000 euros.

Saludos.

#7

Re: Impuesto sucesiones y dinero en un calcetin en casa

Saludos!

En http://www.gobiernodecanarias.org/tributos/ y http://www.gobiernodecanarias.org/tributos/oficinavirtual/programasAyuda/programasDescarga.asp?impuesto=SUCESIONES hay información y programas.

Lo que tengas que tributar depende del grado de parentesco y de la cantidad. Pequeñas cantidades están exentas.

El problemas es que si tú eres su heredero universal todo suma... Por lo tanto, todo lo que heredes de más tributará al tipo marginal. Por lo tanto, todo lo que puedas conseguir de otra forma que no sea herencia o donación mejor. No sé cuál es el tipo al que se tributa en Canarias pero en Valencia creo que va por el 35%. No lo sé.

En cualquier caso, si tenéis una cuenta indistinta (yo tengo una con mi madre) el dinero que haya en ella procede de uno o de otro. Si ante Hacienda puedes demostrar de quien procede cada dienero, de ese no deberías tributar. Pero eso imagino que es complejo...

Seamos realistas: Si la cantidad que hay en la cuenta es pequeñas, digamos 10.000 euros, ella podría sacarlo (si no puede ir a la oficina sí podrá firmar en casa una orden de reembolso). No es necesario reembolsarlo todo a la vez.

Entonces ese dinero que está en casa, menos de 10.000 euros, puede dedicarse a cubrir los gastos diarios de pagos al contado. Desde luego, si gastas 1.000 o 2.000 euros al mes Hacienda no va a pensar que estás cometiendo ningún abuso (otra cosa es que te compres un BMW de 50.000 euros o que cargues 10.000 euros en una compra de 'El Corte Inglés'; entonces, pensará mal y acertará) con lo que poco a poco esos 10.000 euros se gastan y nadie les va a seguir la pista ni va a pretenderlo(*). No se puede considerar excesivo un gasto de, por ejemplo, 1.500 euros al mes y así en siete meses te has gastado más de 10.000 euros.

Es importante que no hagas ingresos a tu nombre de más de 2.999,99 euros (yo he sacado de la cuenta de mi madre una cantidad grande, la he devuelto y guardo las copias de abonos y reembolosos para casarlas. No creo que nadie me las pida pero las guardo).

Respecto a los bienes inmuebles, lo que no pagues ahora lo pagarás cuando los vendas puetos que si ahora los registras por un valor pequeño más será la plusvalía cuando los vendas. El notario, tiene los conocimientos de darte el mejor consejo.

En cualquier caso, intenta averiguar de qué cantidad se tratar y si es grande acude a un gestor o abogado, PÍDELE UNA JURA DE CUENTAS (UN PRESUPUESTO), y te aconsejará lo que según la Ley más te convenga.
___________

(*) En las cuentas indistintas con varios titulares, mientras los movimientos son razonables no se mira quién ingresó cada cantidad y quién la pagó. En general, en cada momento se considera que el 50% es de cada uno de los titulares. Otra cosa es que uno de ellos tenga ingresos extraordinarios elevados. Entonces, a efectos fiscales, sí vale la pena ver quién ingresa el dinero y quién lo retira. Podría tratarse incluso de blanqueo de dinero.

Pero imagina que un titular ingresa 600 euros al mes y el otro 1.000 y de ahí se pagan mensualmente 300 euros en recibos de suminitro eléctrico, de agua, gas, en pagar a la teleoperadora, tributos... y semanalmente se sacan del cajero 300 euros que se gastan en alimentos, vestido, ocio... ¿alguien va a preguntar quién se ha alumbrado, quién se ha duchado con agua caliente, quién ha bebido la leche que se ha comprado en el super, se ha tomado las aspirinas de la farmacia, ha leído los libros comprados o quién ha ido al cine? ¿Alguien va a averiguar de quién es el saldo que quedaa en la libreta? Se considera que el 50% de cada titular.

#8

Re: Impuesto sucesiones y dinero en un calcetin en casa

Por concretar y a EFECTOS PRACTICOS. La cantidad de la que hablo son 60.000 €. ¿Infrinjo alguna norma fiscal si saco esa cantidad EN SU TOTALIDAD de la que somos titulares de forma indistinta y me la llevo "debajo de la almohada" manteniendo la titularidad de forma indistinta?.
Mi madrina insiste en que prefiere que nosotros guardemos el dinero, a que lo guarde una entidad bancaria. De esta manera está segura de que podremos hacer frente en su momento a los eventuales pagos de una residencia geriatrica o para personas que la sistan en casa
Insisto, ¿EXISTE ALGUNA NORMATIVA FISCAL QUE IMPIDA GUARDAR EN CASA DINERO que podamos probar su procedencia?
Saludos