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Extinción de condominio de un inmueble entre hermanos.

3 respuestas
Extinción de condominio de un inmueble entre hermanos.
Extinción de condominio de un inmueble entre hermanos.
#1

Extinción de condominio de un inmueble entre hermanos.

Buenas!!... mi hermano y yo tenemos una duda sobre un inmueble recibido en herencia hace 2 años.
Sabemos que estamos exentos de tributar (hasta 120.000€ cada uno (Baleares), mientras no se realice una compra-venta durante los 5 años siguientes a la adjudicación de dicha herencia.
La duda surge porque nos han dicho que se puede hacer una extinción de condominio y no es necesario esperar hasta los 5 años.
Yo tenia entendido que lo del condominio era o se diseñó para divorcios, etc. ....
Si alguien pudiera echarnos una mano sobre esto...
Muchas gracias de antemano. Saludos!!

#2

Re: Extinción de condominio de un inmueble entre hermanos.

Buenos días,
La extinción de condominio se produce cuando un bien o bienes en común se separan y se atribuyen a uno de los comuneros (es decir, a uno de los miembros del condominio).
Por tanto, puedes extinguir el condominio entre hermanos.
Pero ojo con los impuestos. El tema de los 5 años imagino que será por haber heredado una vivienda que era vivienda habitual de la persona fallecida.
Podeis extinguir el condominio, pero hay una serie de impuestos a pagar (no el Impuesto de Sucesiones y Donaciones que indicais exento si pasan 5 años).
1.- Actos Jurídicos Documentados: Si se paga el importe exacto por parte del otro hermano de la parte que recibe, estaría exento. Si no, se debe tributar.
2.- Incremento Valor Terrenos Naturaleza Urbana: Es un porcentaje del valor del suelo en catastro.
3.- IRPF del que no recibe el piso: Al dar de baja de tu inventario la parte que le corresponde del piso, recibe un dinero. Debe tributar por plusvalías.

Un saludo

#3

Re: Extinción de condominio de un inmueble entre hermanos.

Perfectamente explicado. Nos has ayudado mucho!
Muchas gracias!!

#4

Re: Extinción de condominio de un inmueble entre hermanos.

Una ultima cosilla q no me queda clara, la parte del irpf q me indicas,
Si se nos adjudico el inmueble por 120000 € cada uno y yo le vendo mi parte por esos 120.000..
En teoria no tengo plusvalias. No deberia de pagar nada no?