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Impuesto patrimonio y alquileres de renta antigua

3 respuestas
Impuesto patrimonio y alquileres de renta antigua
Impuesto patrimonio y alquileres de renta antigua
#1

Impuesto patrimonio y alquileres de renta antigua

Soy participe en una comunidad de bienes donde algunos inquilinos tienen contratos anteriores a 1985. Según he visto en la ley de arrendamientos urbanos de "LEY 29/94 DE ARRENDAMIENTOS URBANOS" , DISPOSICION TRANSITORIA SEGUNDA
Contratos de arrendamiento de vivienda celebrados con anterioridad al 9 de mayo de 1985, al final en el apartado c,otros derechos del arrendador indica

10.1 En el Impuesto sobre el Patrimonio, el valor del inmueble arrendado se determinará por capitalización al 4 por 100 de la renta devengada, siempre que el resultado sea inferior al que resultaría de la aplicación de las reglas de valoración de bienes inmuebles previstas en la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio.

Esto sigue en vigor para elimpuesto de patrimonio del 2011. Gracias.

#2

Re: Impuesto patrimonio y alquileres de renta antigua

Entiendo que las normas de valoracion se mantienen, porque lo unico que ha variado es el minimo exento general de 700.000 euros y en la vivienda habitual de 300.000 euros. En ciertas Comunidades Autonomas no han aparecido aun las adaptaciones a estos minimos, aunque pienso que ninguna tendra minimos inferiores.

Saludos

#3

Re: Impuesto patrimonio y alquileres de renta antigua

Efectivamente, sigue vigente:

Reglas especiales de valoración.
a) Inmuebles que estén arrendados a 31-12-2011.
Los inmuebles urbanos arrendados se valorarán de acuerdo con la regla general anteriormente comentada. No obstante, las viviendas y locales de negocio arrendados mediante contratos celebrados
antes del 9 de mayo de 1985 se valorarán capitalizando al 4 por 100 la renta devengada en el ejercicio 2011, siempre que el resultado sea inferior al que resultaría de la aplicación de la regla general de valoración de bienes inmuebles.
A estos efectos, para el cálculo de la capitalización de la renta puede utilizarse esta fórmula:

Valor computable = Renta devengada x 100/4

Disposición transitoria segunda y tercera Ley 29/1994 de 24 de noviembre (BOE del 25) de arrendamientos urbanos.

Fuente: Manual Renta 2011. Página 840

Saludos.

#4

Re: Impuesto patrimonio y alquileres de renta antigua

Gracias Empty, todavía no estaba seguro 100% de poder aplicarlo pero ya lo tengo hasta calculado. Gracias a esto me escapo del impuesto de patrimonio. Ya no pensaba que nadie añadiese nada a la pregunta. Un saludo.