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Herencia en Andalucía

2 respuestas
Herencia en Andalucía
Herencia en Andalucía
#1

Herencia en Andalucía

He estado mirando el tema de las herencias en Andalucía y la verdad es que parece que está la cosa "complicada". La herencia consistiría básicamente en un inmueble y tenía unas cuantas dudas a ver si alguien me podía ayudar.

Para empezar a calcular el impuesto, ¿cómo se valora ese inmueble? ¿es el valor catastral o se utiliza algún otro método de valoración?

En Andalucía si la base imponible es menor de 170.000€ no hay que pagar, pero si es más ¿que pasa? ¿te descuentas siempre estos 170.000€ del total o digamos que te "han jodido" si la base fuera 170.001€?

Por otro lado para no pagar si la base imponible fuera menor de 170.000€ está el requisito de que el patrimonio previo fuera menor de 402.000€ (aprox). ¿Para este cálculo también se incluiría el domicilio habitual que tuviera la persona que hereda? y si es así, ¿cómo se calcula? ¿por el valor catastral?

Y ya por último, para acogerse a la deducción por vivienda habitual entiendo que para ello el que hereda DEBE ser su vivienda habitual en el momento de la muerte, supongo que no valdría empadronarse en el momento del fallecimiento para acogerse a esta deducción ¿no?. Entiendo que vivienda habitual = empadronarse.

Gracias a todos y creo que soy el que inaugura con este post esta sección en el 2012 ;-)

#2

Re: Herencia en Andalucía

La valoracion de los imnuebles en Anadalucia , se obienen en la Pagina siguiente:

http://www.juntadeandalucia.es/agenciatributariadeandalucia/ov/marcos/consulta_valoracionUrbana.htm

Estos seran los valores minimos que te admitiran en la Administracion

La normativa del I.Sucesiones y Donaciones la tienes en la Pagina siguiente :

http://www.juntadeandalucia.es/haciendayadministracionpublica/tributos/impuestos/cedidos/sucesiones.htm

Si el valor de los bienes adquiridos no supera los 175.000 euros , la cuota tributaria sera CERO
y si lo supera se aplicara el regimen general.

Para que la vivienda adquirida tenga una la reduccion del 99,99% es necesario que el heredero tenga esta vivienda como vivienda habitual en el momento del fallecimiento del causante y creo que ademas ha de mantener esta residencia habitual durante un tiempo.

Saludos

#3

Re: Herencia en Andalucía

Muchas gracias por la información!!

Tal y como he visto que valoran los inmuebles ya me puedo dar por JOD***, si creo que ahora esas valoraciones estarán incluso por encima del valor de mercado!!

Guía Básica