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IRPF, pérdidas patrimoniales, recompra de acciones

5 respuestas
IRPF, pérdidas patrimoniales, recompra de acciones
IRPF, pérdidas patrimoniales, recompra de acciones
#1

IRPF, pérdidas patrimoniales, recompra de acciones

Hola, buenas:
Tenía la siguiente pregunta sobre el IRPF respecto a las pérdidas patrimoniales, importe computable.
El año pasado empecé a jugar en bolsa y realicé varias operaciones de compra-venta de una misma entidad bastante seguidas (dentro del plazo de +/- 2 meses), unas con pérdidas y otras con beneficios. Ejemplo:
15 feb. Compro 100 acciones.
15 mar. Vendo 100 acciones. Pérdidas: 100EUR
15 abr. Compro 100 acciones.
15 mayo. Vendo 100 acciones. Ganancias: 100EUR
15 junio. Compro 100 acciones.
15 julio. Vendo 100 acciones. Ganancias: 100EUR
15 agosto. Compro 100 acciones.
15 septiembre. Vendo. Pérdidas: 100EUR.
15 octubre. Compro 100 acciones.
15 noviembre. Vendo 100 acciones. Ganancias 100EUR.
1 enero 2010. Compro 100 acciones.
Es decir, en 2009:
300EUR de ganancia patrimonial (obtenida y computable).
200EUR de pérdida patrimonial (obtenida). ¿También computable?
Es decir, todavía no han pasado 2 meses desde que haya vendido el último lote de acciones. ¿Puedo compensar fiscalmente las pérdidas con las ganancias, o he de esperar a otro ejercicio fiscal?
Muchas gracias de antemano por la respuesta.
Un saludo.

#2

Re: IRPF, pérdidas patrimoniales, recompra de acciones

Siguiendo un criterio que no es mío, pero que también es razonable, podrías aplicar todas las pérdidas realizadas, ya que desde la última pérdida realizada, has recomprado otra vez las acciones, pero has vuelto a vender con ganancias, liberándolas y la siguiente compra ha sido pasados ya dos meses desde esa pérdida.

Saludos.

#3

Re: IRPF, pérdidas patrimoniales, recompra de acciones

Muchas gracias por la respuesta.

Es decir, si me enterado bien de la norma (perdón por estar tan obtuso).

Se pueden computar como pérdidas (para compensar otras ganancias) siempre y cuando toda acción de la misma entidad que se haya comprado en un intervalo de 2 meses de la fecha de la pérdida, esté ya vendida (con pérdida o ganancia) a 31 de diciembre.

Así, si vendo 100 acciones con pérdidas en diciembre de 2009, vuelvo a comprarlas en enero, y las vendo en febrero, las podré computar como pérdidas en la declaración del año que viene (¿o en la declaración de 2009?).

Gracias de nuevo por la ayuda.

Un saludo.

#4

Re: IRPF, pérdidas patrimoniales, recompra de acciones

En la del año que viene. Saludos.

#5

Re: IRPF, pérdidas patrimoniales, recompra de acciones

Sólo una duda más de este tema, espero no ser muy pesado. Un caso práctico.

15/08/2009 - Compro 100 acciones (acciones nº 1 a 100).
15/09/2009 - Compro 100 acciones (acciones nº 101 a 200).
01/12/2009 - Vendo 100 acciones (acciones nº 1 a 100 por criterio FIFO). Pérdidas. No las puedo computar por las acciones nº 101 a 200.
15/12/2009 - Vendo 100 acciones (acciones nº 101 a 200). Ya podría computar las pérdidas en el irpf.
31/12/2010 - Compro 100 acciones (acciones nº 201 a 301). Éstas no vuelven a bloquear a las pérdidas del 01/12, con lo que las podría computar en el irpf de 2009 ¿verdad?

Es decir, la norma sería que una pérdida en N acciones sólo puede ser bloqueda por la primera compra de N acciones en +/- 2 meses, quedando liberada cuando se ejecute la venta, aunque se compren más acciones dentro de esos +/- 2 meses.

Gracias otra vez. Saludos.

#6

Re: IRPF, pérdidas patrimoniales, recompra de acciones

Primero, del 15/09/2009 al 01/12/2009 pasan más de dos meses, cambio tu ejemplo poniendo la segunda compra en el 15/10/2009, compra que te impide aplicar la pérdida del 01/12/2009. Tienes que poner en las acciones compradas el 15/10/2009 la "mochila" de las pérdidas pendientes de aplicación.

Complico un poco más el ejemplo, el 15/12/2009 vendes esas 100 acciones compradas el 15/10/2009, y las vuelves a vender con pérdidas, liberando (en principio) la "mochila". La compra del 31/12/2009 hay dos criterios:

- El mío propio (que repito no soy nadie), basado en que la Administración siempre habla de "venta definitiva". Dejas cautivas las pérdidas de la venta del 15/12/2009 y vuelves a dejar cautiva la "mochila" que tenían esas acciones.

- Sólo dejas cautiva la pérdida realizada el 15/12/2009.

Saludos.