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Re: Inversion Sujeto Pasivo
Buenas tardes, por supuesto que sí, faltaria mas, es un I.V.A. que se ha pagado y son gastos necesarios para el ejercicio de la actividad y por tanto deducible, en el caso de que todos los ingresos esten sujetos a la Inversión del Sujeto Pasivo, el I.V.A. se te quedara a compensar y si esto ocurre durante el 4º trimestre podrás solicitar la devolución. Saludos
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