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Desgravaciones por pérdidas patrimoniales

10 respuestas
Desgravaciones por pérdidas patrimoniales
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Desgravaciones por pérdidas patrimoniales
#1

Desgravaciones por pérdidas patrimoniales

Hola

Este año he hecho dos ventas de acciones, una con fuertes pérdidas y otra con bastantes ganancias, no he vuelto a comprar ninguna de las dos en más de dos meses, y las dos hacía años que las tenía. Sé que puedo desgravarme las ganancias con las pérdidas, pero aún quedan pérdidas pendientes de compensar.

Mi pregunta es: ¿las puedo compensar con algo más, como los dividendos cobrados de otras acciones?  También tengo pérdidas en un fondo que rescaté hace unos meses, ¿también se pueden desgravar esas pérdidas?

 

Un saludo

 

#2

Re: Desgravaciones por pérdidas patrimoniales

Con el 20% del saldo de rendimientos de capital mobiliario positivos: dividendos, intereses de depósitos, cupones de obligaciones...

Las ganancias/péridas de acciones y fondos de inversión, val al mismo "saco" y se compensan entre sí. Si queda saldo pendiente de compensar, es cuando entra en juego el párrafo primero. Si después de todo ello te quedas aún pérdidas sin compensar, lo podrás hacer en los cuatro ejercicios siguientes.

Un saldo.

#3

Re: Desgravaciones por pérdidas patrimoniales

Muchas gracias, me queda claro ya.
;)

#4

Re: Desgravaciones por pérdidas patrimoniales

Hola
Tengo otra duda respecto al este tema:
¿La desgravación del 20% de los dividendos brutos como es? ¿Es que se pueden desgravar todo ese 20%? ¿O los impuestos pagados por ese 20% de los dividendos?
Por ejemplo si he cobrado 1000 € de dividendos brutos ¿Me puedo desgravar 200€ o sólo 38€?
Un saludo

#5

Re: Desgravaciones por pérdidas patrimoniales

En el caso de hayas cobrado 1.000 euros en dividendos brutos, puedes compensar hasta 200 euros las pérdidas patrimoniales que no hayas conseguido compensar con ganancias. Pero en primer lugar, las pérdidas se compensan con las ganancias. Y si queda saldo por compensar es cuando entran en juego las rendimientos de capital mobiliario (dividendos) con el porcentaje del 20%. En el año 2018, ese porcentaje se amplía al 25%, pero eso será para la declaración que presentemos en 2019.

Un saludo

#6

Re: Desgravaciones por pérdidas patrimoniales

Gracias de nuevo. Sí, me quedan ganancias pendientes de compensar cono las pérdidas, de hecho aún me quedará pendientes para el año que viene.

#7

Re: Desgravaciones por pérdidas patrimoniales

¿Ese 25% a compensar es por cada uno de los 4 posibles años o es en total?

#8

Re: Desgravaciones por pérdidas patrimoniales

Buenos días entro por primera vez y desearía que alguien me aclarase un tema:

Si vendo unas acciones con pérdidas, de una cuenta de depósito donde están dos titulares, de dichas perdidas quien puede deducirse: Los dos a partes iguales, los dos pero uno de ellos en mayor porcentaje, o puede hacerlo solo uno del total siempre y cuando los dos estén de acuerdo. 

 


 

#9

Re: Desgravaciones por pérdidas patrimoniales

si hay dos titulares en la cuenta de valores, se supone que cada uno es propietario de la mitad y deberá declarar el 50% de la pérdida  patrimonial. Pero puede existir un porcentaje distinto de propiedad, eso lo tendríais que probar .

#10

Re: Desgravaciones por pérdidas patrimoniales

Es cada año.

Si en un ejercicio no puedes compensar todas las pérdidas, lo podrás hacer con ganancias de los cuatro años siguientes y/o con el 25% de los rendimientos positivos de capital mobiliario de los cuatro años siguientes.

Un saludo.

#11

Re: Desgravaciones por pérdidas patrimoniales

Muchas gracias por la aclaracion batiscafo.