Gracias por tu información.
De todas maneras, te cuento mi caso y verás por qué no me interesa que se consuma la posible notificación.
Presenté el modelo 720 de 2012 el día 17-4-2013. Este modelo lo he repasado y tiene un error en el saldo medio de una de las cuentas, lo que conllevaría una sancion si se hiciera una comprobación de datos de mi declaración, y no sería una sanción pequeña, sería de 10.000 euros. Claro, para eso hacienda me tendrá que notiificar el inicio de actuaciones para comprobar los datos de mi declaración.
Tengo entendido que las sanciones tributarias prescriben a los 4 años, en este caso, creo que a partir del día de modelo informativo 720, es decir, a partir del 17-4-2017, por lo que si no ha mediado notificación antes de la fecha de hoy de haciendaa, lo más probable es que ganara la prescripción del modelo 720, porque , ya no recogería aviso en el buzon de mi vivienda, ya que las mañadas no estoy en casa, el cartero me dejaría un aviso para recoger la notificación, tendría 7 días para que la carta fuera devuelta a hacienda por no ser recogida, y tendría que publicarse en el BOE la notiificación por comparecencia, lo que sumaría otro 15 días para que tuviera efectos su notificaciión, y al ser publicada en el BOE, en ese plazo, ya habría caducado esa sanción.
Ahora bien, si a traves de la notificación a traves de la Sede Electronica surte sus efectos si me introduzco en su opcion de la Sede Electronica antes de esa fecha, interrumpiria el plazo de prescripción, lo que le permitiría a hacienda poder comprobar mi declaración otros 4 años más, con riesgo evidentemente de sanción que he indicado (creo).
Creo que mi caso es puntual, y está justificada evitar la comparecencia a través de la Sede Electronica antes de la fecha de caducidad (17-4-2017), no quiero arriesgarme.