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Fiscalidad compra venta acciones en 2015

22 respuestas
Fiscalidad compra venta acciones en 2015
Fiscalidad compra venta acciones en 2015
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#1

Fiscalidad compra venta acciones en 2015

Buenos días

Tengo varias dudas en relación a cómo tributarán las ganancias y pérdidas el año que viene (me refiero a las compras y ventas que se hagan en el 2015, que se tendrán en cuenta al hacer la declaración del 2016)

1.- ¿ Tributará igual una plusvalia de unas acciones que haya vendido 2 años después de comprarlas que la de unas acciones que haya vendido 2 días después de comprarlas ?
2.- Si este año (2014) compro unas acciones y las vendo el año que viene (2015) con pérdidas, ¿ podré compensar esas pérdidas con ganancias en otros valores que haya comprado y vendido durante el 2015 ?
3.- ¿ Puedo compensar ganancias y pérdidas de más y de menos de 1 año entre sí ? (ej: compro en enero 2014 y vendo en feb 2015 con pérdidas, y quiero compensarlo con una plusvalia de algo comprado en junio 2015 y vendido en julio 2015)
4.- ¿ Seguirá vigente la regla de los 2 meses para poder compensar las minusvalías ?

Muchas gracias

#2

Re: Fiscalidad compra venta acciones en 2015

Buenos días,

A partir del 1 de Enero de 2015, las compra - ventas que se hagan de acciones, tributarán en la base imponible: Las plusvalías patrimoniales (ganancias en bolsa) tributarán en la base imponible del ahorro

En la primera pregunta, tienes que tener en cuenta la Norma antiaplicación si se hace una posterior recompra de estas acciones. (Pregunta 4)

En la Declaración de la Renta de 2015, podrás compensar pérdidas de más de un año con ganancias de menos de un año, que es lo que comentas en la pregunta 3. 

 

Un saludo,

Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

#3

Re: Fiscalidad compra venta acciones en 2015

Muchas gracias Amparo

#4

Re: Fiscalidad compra venta acciones en 2015

Hola Amparo

En relación a lo de los 2 meses antes y después de la venta para poder compensar la pérdida, varias preguntas:

- Se considera la fecha de compra ?, o la de la venta ?. A día 31 de enero vendo acciones de empresa AAA con plusvalias; a día 1 de febrero compro acciones de la empresa AAA y 3 meses después vendo y tengo pérdidas. Puedo compensarlas ?

- Se considera la compra / venta únicamente si es con la misma cuenta de valores ?

Muchas gracias

#5

Re: Fiscalidad compra venta acciones en 2015

Según lo que yo considero, tienen que pasar más de dos meses entre la fecha de venta de las acciones X y la fecha de compra de nuevo de las mismas acciones. En el caso que comentas no las puedes compensar porque entre la venta (31 de enero) y la compra (1 de febrero) no han pasado más de dos meses.

Es independiente que sea en la misma cuenta de valores o no.

Un saludo,

Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

#6

Re: Fiscalidad compra venta acciones en 2015

Perdona Amparo, mi duda que me tiene loco por tanto cambio en la fiscalidad de las compraventas de acciones es la siguiente:

Yo hice venta el año pasado, 2014, de acciones en pérdidas de más de 1 año.
Pues bien, quiero ejecutar una venta este año con bastantes ganancias y no sé si esperarme a ejecutarlas con periodo de generación de más de 1 año (las compré ya casi hace un año) o vender ya mismo, porque no sé si las ganancias de más de 1 año ejecutadas a lo largo de este año se podrían compensar con las pérdidas de más de 1 año generadas el año pasado... Quisiera vender ya, lo antes posible, sin esperar a generarse las ganancias con más de 1 año, pero en ese caso, se podrían compensar con dichas pérdidas de más de 1 año ejecutadas el año pasado ??, dado que ahora este año no se tiene en cuenta el periodo de generación..., pero entre 2 años tengo una enorme duda...

Necesitaría vender lo antes posible, antes de cumplir el año no sea que al final disminuyan mucho las ganancias...Por lo que agradecería una pronta respuesta..

Gracias y un saludo

#7

Re: Fiscalidad compra venta acciones en 2015

Hola,

Por la venta con pérdidas del año 2014, tendrás que tributar en la Declaración de la Renta de 2014, y podrás compensarlas en su totalidad o solo una parte de ellas si has tenido ganancias patrimoniales de más de un año en 2014. 

Si te quedan pérdidas por compensar en 2015, lo podrás hacer por el total de ganancias obtenidas (a corto o a largo plazo) ya que para la Declaración de la Renta de 2015 se elimina la diferencia entre corto plazo y largo plazo y todas tributarán en la base imponible del ahorro. En este artículo tienes más información: Fiscalidad de las acciones y ¿Generar minusvalías antes o después de 2015?

Las pérdidas o minusvalías se podrán compensar con el total de plusvalías patrimoniales y la parte excedente, se podrán compensar con el 10% de los rendimientos de capital mobiliario (interes de cuentas bancarias, diviendos...).

Saludos,

Gestora de Patrimonios en Welzia https://wz.welzia.com/fondos/

#8

Re: Fiscalidad compra venta acciones en 2015

Hola Amparo,

entonces, en mi caso que ejecuté en 2014 pérdidas de más de un año, pero no tuve nada de ganancias de más de un año el pasado año, entiendo que me quedan todas esas pérdidas por compensar para los próximos 4 años con ganancias tanto si son de más de un año como si son de menos, con lo cual podría ejecutar ya mismo la venta de las acciones que tengo ahora mismo en ganancias de menos de un año, sin tener que esperarme a que sean de más de un año (que sería mucho riesgo esperar mucho más...), verdad ?

Entiendo ésto por el párrafo:

''Las pérdidas que finalmente nos queden pendientes de compensar en 2014, se podrán compensar los próximos 4 años con las plusvalías patrimoniales generadas (independientemente que sean a menos de un año o a más de un año, porque con la reforma fiscal se elimina esta distinción).''

Es que llamé hace algun tiempo a información de la Renta y me dijeron que no, que las pérdidas de más de 1 año de 2014 solo podría compensarlas con ganancias de más de 1 año de este año !!... Es muy importante tenerlo totalmente claro, pues si no, tendría que pagar una buena pasta por la venta en ganancias !...

Así que por favor, confirmame que efectivamente lo he entendido bien, que las ganancias de MENOS de 1 año ejecutadas este año las podré compensar (en 2016, haciendo la dec.renta 2015) con las pérdidas de MÁS de 1 año ejecutadas en 2014.

Muchas gracias !!!
Un saludo