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Obligatoriedad del Certificado de actos de ultima voluntad

13 respuestas
Obligatoriedad del Certificado de actos de ultima voluntad
Obligatoriedad del Certificado de actos de ultima voluntad
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#1

Obligatoriedad del Certificado de actos de ultima voluntad

La intención es acelerar la adjudicación de una herencia, pero hay una duda:

Si ya posees una copia del testamento, ¿es obligatorio pedir el certificado de ultimas voluntades o se puede obviar?. Ya se que me diréis que hipotéticamente podría haber un testamento más reciente aunque fuera por unas solas horas..., pero la duda radica exclusivamente en saber si se trata o no de un tramite y/o documento obligatorio e imprescindible para el notario, o si hay alguna posibilidad de adjudicar la herencia obviando ese tramite/documento. Por si tiene alguna importancia, la comunidad autónoma es La Rioja.

Gracias y saludos

#2

Re: Obligatoriedad del Certificado de actos de ultima voluntad

creo que en ninguna notaria te hara la adjudicacion de la herencia si no presentas, certificado de defunción y ultimas voluntades, aunque tengas el testamento, sobre todo para curarse en salud. salvo mejor opinión

#3

Re: Obligatoriedad del Certificado de actos de ultima voluntad

OK, gracias por tu respuesta, entonces si es así no quedará más remedio que esperar, pero con las vacaciones y todo de por medio se va a alargar demasiado el tema.

Un saludo

#4

Re: Obligatoriedad del Certificado de actos de ultima voluntad

A efectos fiscales (impuesto de sucesiones) también te van a pedir el certificado, así que...

Un saludo

#5

Re: Obligatoriedad del Certificado de actos de ultima voluntad

tambien te van a pedir el certificado en el registro de la propiedad si algún bien de la herencia se tiene que inscribir, asi que, vete pidiendolo y ganando tiempo.
salvo mejor opinión

#6

Re: Obligatoriedad del Certificado de actos de ultima voluntad

En cuanto al pazo, en la web del ministerio de justicia pone que:

-La solicitud no podrá presentarse hasta transcurridos 15 días hábiles desde la fecha del fallecimiento. El certificado de actos de última voluntad ha de solicitarse una vez hayan transcurrido 15 días hábiles a partir de la fecha de defunción-

Tengo unas dudas:

¿por días hábiles debo de entender de lunes a viernes?

¿En el día nº 15 ya puedo solicitarlo, o debo de esperar al día siguiente al 15?

Otra vez gracias, un saludo.

#7

Re: Obligatoriedad del Certificado de actos de ultima voluntad

-Solamente debes de excluir domingos y festivos.

-Debes de esperar al día siguiente al 15.

Saludos.

#8

Re: Obligatoriedad del Certificado de actos de ultima voluntad

Gracias a todos por vuestras respuestas, una última cosa, ¿seguro que son días hábiles no?, es que en algunas webs leo que son días naturales.

Gracias una vez más.

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