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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#15421

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Mira si te han pagado con atrasos y parte proporcional de paga extra. En la página tu seguridad social lo puedes ver y cuando te pone la próxima. Si no te sale nada más que lo que has cobrado, la próxima será diciembre.
#15422

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola K.Labarca, en este informe te pone lo que a propuesto la persona que te ha pasado Tribunal Médico, si te pone Propuesta IP, es buena señal, pero la palabra final aún no está decidida.
O sea que es buena señal , pero puede cambiar aún lo tienen que verificar las personas de más arriba.
Nadie te puede asegurar nada , sólo que tiene buena pinta y es buena señal.
Y si que puede ser Modificada, o para bien concediéndote una Absoluta o para mal Denegandola.
Todo puede suceder
Ten Paciencia
Ánimo suerte y mucha salud 
#15423

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Tania, a mi en su momento me ocurrió lo mismo que a tí, y supongo que a los demás también, el Primer Pago es una Regularización,o atrasos , y la paga entera la cobrarás en Diciembre  entre el 23/27 dependiendo del la Entidad Bancaria , yo.soy de CaixaBank y cobro el día 24 de madrugada.

#15424

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

A mi me han llamado para dar consentimiento para juntar las cotizaciones pasivas con las de la seguridad social hoy . Le he preguntado y me ha dicho que estoy para la absoluta 
#15425

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Ya te queda poco. Paciencia!!!
#15426

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola buenas tardes,en que punto estás?
#15427

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola, cómo te dice Alfabero hasta el final no hay nada definitivo, pero vamos si te dicen que pone en el informe de síntesis, propuesta IP, y pasaste el punto 3 hace mucho y conservas los ocho puntos, yo creo que la tienes concedida. Suerte
#15428

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Gracias 
#15429

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Pues genial José! 
Mucha salud!
#15430

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Anajere!
Me abrieron expediente de IP de oficio, y el 31/08 envié la documentación que me requerían. Ahora mismo estoy en el punto 4 concluido, y aún mantengo los 8 puntos.
Saludos!
#15431

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Anlomar!
Tengo hasta el 4 concluido y conservo los 8 puntos. Ojalá tenga suerte.
Gracias por tus buenos deseos!
Mucha salud para tí.

#15432

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Gracias Alfabero! Espero que todo vaya bien.
Mucha salud para ti también!
#15433

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola, Estoy en Lugo. Solicité la pensión de orfandad, y de la inns de Pontevedra me enviaron la resolución aprobada por evaluarme una incapacidad permanente absoluta. Mi pregunta es, si me evaluaron una incapacidad permanente absoluta por  qué al solicitar la paga de esta incapacidad no me dan esa paga?, yo cobro una orfandad de 200 y pico por tener esa incapacidad, pero no me dan una paga por esa incapacidad?
#15434

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Raquel43 no te entiendo mucho. Tienes concedida un incapacidad permanente absoluta? Pasaste un tribunal con su expediente? Tienes una enfermedad ahora para pasar tribunal? También con una enfermedad depende de los años cotizados y es el INSS quien decide si necesitas una incapacidad y de que tipo.
La pensión de orfandad por discapacidad dices que la cobras ya.
#15435

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Raquel43 no te entiendo mucho. Tienes concedida un incapacidad permanente absoluta.
Una persona con una discapacidad igual o superior al 65% y con 25 años podrá cobrar una pensión de orfandad mínima de 239,50 euros al mes, durante 14 meses al año. Por lo que dos de esas pagas se reciben de forma extraordinaria, una en verano y otra en Navidad. 

En los casos en los que sea el único beneficiario y la orfandad sea absoluta, al fallecer ambos progenitores, la Seguridad social tiene la obligación de brindarles una pensión de 832,80 euros mensuales. Sin embargo, si hubiera más descendientes para repartirla, recibirán 239,50 euros cada uno, más 593,30 euros al mes a repartir entre el número de beneficiarios.



En las situaciones donde únicamente el padre o la madre hubiera fallecido, se podrá cobrar 700 euros mensuales, si hay un único beneficiario