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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
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#286

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Así lo haré 
#287

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola. Buenos días.
Perdone que le moleste.
Yo tengo un piso también en alquiler en el que cobro mensualmente 500€.
Me pasaría de los límites?
Es que no se si además de los 500€ también habría que sumar la cuantía del subsidio y no pasarse de los 750€.
Muchas gracias y perdone la intromision.

#288

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

 Buenos dias franjgr 
Te agradecería me despejaras las siguientes dudas:
1) ¿Cómo se realiza las Imputación de las rentas presuntas de un Fondo de Inversión de un mes determinado ? ¿Aplicando el valor del dinero a su saldo a ultimo día del mes anterior, o al saldo del mes en cuestión ? 
2) Para calcular dichas rentas presuntas del mes de enero  , ¿habría que aplicar el 3,25% (interés legal del 2023) , o el 3% (interés legal del 2020) en el caso en que se cogiese el saldo a 31-12-2022 ?
3) Entiendo que las Devoluciones de IRPF no se consideran Renta al tratarse de una devolución de un pago a cuenta , ¿es correcto?
4) El cobro del Cheque de 200 € del  plan anticrisis 2023, ¿está exento o se debe declarar como un pago único y por lo tanto aplicar al mes del cobro efectivo por 200/12  €.
Muchas gracias de antemano

#289

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

1.- El SEPE considera imputa como renta, cada mes lo del mes anterior, por lo tanto el valor de referencia debe ser el del último día del mes anterior.
2.- La lógica me dice que si son rentas de diciembre se debe considerar el interés legal del dinero de 2022, pero no conozco ningún criterio que lo avale.
3.- y 4.- Es renta todo ingreso que no formará parte ya del patrimonio de la persona y, por tanto, hubiera sido imputado previamente como renta. La devolución del IRPF es un mero ajuste con hacienda y fue considerado renta y estuvo en el patrimonio cuando fue renta de trabajo, alquiler, ganancia patrimonial... En cambio la ayuda de 200€ es nueva, nunca se imputó como renta ni estuvo en el patrimonio de la persona, por lo que debe considerarse renta y si, al ser en pago único se divide entre 12.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#290

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola estoy liado y preocupado, cobro el subsudio de 52 años, compre letras del tesoro este enero de 2023, vencen en 2024 h la declaración de Rentas Subsidio la hago siempre en Septiembre.  En Mi casi como se declaran los intereses producidis al vencimiento de las mismas en 2024, ya que es a 1 año. Me toca hacer declaración ingresos en Septiembre de 2023. QUE HE DE PONER? ESPERO VUESTRA AYUDA Y GRACIAS.
#291

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Veo que sigues con el lío.
Suerte.
#292

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Tendrá que dividir entre 12 (o entre los meses que haya entre la inversión y el vencimiento) ese beneficio que va a obtener y ese será el ingreso mensual.
Pero si no va superar el límite de ingresos no es obligatorio declararlo.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#293

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

No. Lo que me quiero asegurar es que si yo voy a percibir unos rendimientos de intereses. Habrá que ponerlos en Declaración de Sepe cuando llegue el momento. Ojo no descrédito  tu respuesta, pero no quisiera tener problemas y perder subsudio. La primera vez sepe me dijo ponga lis intereses en la declaración, entonces como es el lío de que hasta el año no vencen, porque esto funciona así.  En cambio los plazos o depósitos, CONTE LO PERCIBIDO DE SEPBRE A SEPBRE Y LOS PUSE EN IMPRESO. ASI ME LO DIJERON EN SEPE. esto como es Nuevo me deja duda. OJO EN NINGUN MOMENTO HE PUESTO EN DUDA TUS PALABRAS  Y VA A SER QUE TIENES RAZON TU. PERO ENTIENDE MI EXPLICACION. 
#294

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

O sea fran en mi caso como he hecho la inversión este enero de 2023 y vence en enero 2024, y la declaración al sepe siempre me toca en Septiembre de todos los años ; serán 9 meses de intereses de la inversión y lis otro 3 restantes será declaraños en Septiembre de 2024, es así pero este 2023, los 9 primeros, lo digo bien ? GRACIAS POR SU AYUDA Y RESPUESTA Y RUEGO ME DIGA SI LO HE ENTENDIDO Y CALCULADO BIEN
 GRACIAS FRAN.
#295

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Puede creerme a mí, puede creer a Angelneu que le dice exactamente lo mismo en otra conversación, puede creer a la Ley General de la Seguridad Social, que en su artículo 299 h) establece como obligación comunicar las situaciones que den origen a una suspensión o extinción del subsidio pero en todo el artículo no mencionan ninguna obligación de declarar otros ingresos, puede creer a las propias instrucciones del SEPE sobre rentas y responsabilidades familiares.
En cualquier caso, si opta por comunicarlo debe comunicar una renta mensual por el rendimiento que vayan a dar esas letras dividido entre el número de meses que van a estar en su poder y no una renta por el valor total de 9 o 12 meses.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#296

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Ante todo disculpa Frsman, y por favor no me lo tomes en cuenta; desde que pedí subsidio y demás cosas siempre confíe en ud. Como no contestaba, pues pensé que estabas molesto. Yo lo que pasa es que en Septiembre cuando lo hice puse los intereses cobrados en el año, de ahí mi lío y duda. Pero bueno entiendo ya lo postura.  Si lo quisiera poner serían 9 meses ya que lo prorrateadas de 12 meses y como se contrata en Enero hasta Septiembre he disfrutado 9 meses no?. Pero si no llego o paso de 750 euros me olvidó es así?. Le Rogaría si está molesto conmigo, como mo me contestó en otros sms directos. Y ya me quedo Tranquilo. Perdón Tocayo Asturiano 
#297

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Buenos días,

A ver si me podéis aclarar algunas dudas sobre como toma el SEPE algunos ingresos:
Mi mujer y yo tenemos un fondo en el que en su día metimos 30.000€, a día de hoy (8 años después) tenemos 30.930, plusvalía total de 930€.
1.- Si vendemos el total del fondo en este mes de febrero tendremos un ingreso bruto de 930€ (465€ cada uno), con eso me pasaría al tener otros ingresos., ¿tengo que avisar al SEPE aunque sean ingresos generados en 8 años?
2.- ¿Cuándo tenga que hacer la declaración anual al SEPE debo informar de alguna forma que en febrero tuve unos ingresos extraordinarios de 930€? (465€ míos).
3.- ¿Sería mejor venderlo en 3 veces, en meses diferentes para evitarme líos por lo de pasarme de ingresos en un mes determinado?

Nunca he tenido claro que hay que hacer con el SEPE si se tiene un ingreso extraordinario de 1000€ en un mes determinado (por ejemplo intereses anuales de un depósito) siendo esos intereses de todo un año.
Entiendo que el SEPE solo ve el total de intereses que he cobrado por todos mis depósitos (lo que sale en la declaración del IRPF)  pero no ve cuando los cobré, ¿cómo sabe si un mes me he pasado?.

Muchas gracias. 

 @angelneu @franjgr
#298

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Es como si vende un piso, el beneficio no es de x tiempo es del momento en que se produce (y si vende en otro momento será diferente o incluso perdidas).
Si con ese beneficio supera rentas debe comunicarlo al SEPE que le suspenderá un mes. La declaración de rentas no tendrá que hacerla hasta que pase un año de esta suspensión y no tendrá que volver a decirlo porque ese beneficio ya no está en los últimos 12 meses.
¿En cuanto a que es mejor? Haga cuentas, pero tenga en cuenta que dentro de un tiempo eses fondo puede valer más o menos no tenemos una bola de cristal.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#299

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Hola 
No voy ha responder,   voy a realizar preguntas sobre este tema pues he ido 2 veces a solicitarla y cada vez estoy más liado.
Los requisitos para solicitarla ayuda a mayores de 52 años los cumplo pero en una oficina de empleo el tramitador me dice una cosa y en la otra me dicen otra muy diferente.
1.-La ayuda son 480€ mensuales y no puedo sobrepasar los 750 € en una me dicen que para alcanzar  los 750 € se tienen en cuenta los 480 € y en la segunda oficina no.
2.- En la primera me computan la casilla 155 de la renta (tema de viviendas al 100%) cuando mi esposa tiene el 50% y en la otra oficina me lo computan con el 50%
3.- Recibí una pequeña herencia antes de 2 meses antes del inicio de la ayuda y la primera oficina dicen que me lo computa, la segunda no.

No sé que hacer pues si vendo una propiedad o unas acciones si me lo imputarán al 50% o al 100% estando a nombre de mi esposa y mío ambas cosas.
No sé si alguien sabe de cómo se realizan estos cálculos o si existe un enlace en SEPE  para una calculadora de simulación como existe para la declaración de hacienda.

Muchas gracias



#300

Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años

Para grandes cantidades (venta de propiedades, herencias, etc.) entendía que era sí como usted comenta, pero para pequeños importes como los intereses anuales de un depósito pensaba que al mensualizarlo (1.000€/12=83,33€ mes) ni siquiera era necesario informarlo al  SEPE aunque se reciba en un solo pago.