Pocos datos para poder decirselo.
Debe tener, además de los 15 años cotizados, 2 cotizados en los últimos 15 años, a este respecto conviene aclarar que el tiempo que haya podido cobrar de paro, está cotizado y que el tiempo que haya estado inscrita como demandante de empleo permite retrotraerse más allá de los 15 años naturales y 6 años cotizados a desempleo en el total de su vida laboral.
Y además debe haber estado inscrita como demandante de empleo desde el supuesto de acceso hasta el hecho causante.
Supuesto de acceso sería haber terminado el paro o el subsidio que pudiera haber cobrado después del paro, pero también, si cobró la RAI entre julio de 2012 y marzo de 2019 siendo mayor de 55 años, la finalización de esa RAI.
Y hecho causante sería el cumplimiento de los 52 años o, si los cumplio antes de marzo de 2019, la fecha de entrada en vigor del RD que bajo la edad del subsidio a 52 años (creo que fue el 8 de marzo de 2019).
Además no tener ingresos superiores al 75% del SMI y no haberlos tenido, a lo largo de un año completo, desde el supuesto de acceso hasta el hecho causante (algo francamente complicado de comprobar).
"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos