Acceder

Motivo para denegación por el SEPE del subsidio por desempleo para mayores de 52 años

37 respuestas
Motivo para denegación por el SEPE del subsidio por desempleo para mayores de 52 años
5 suscriptores
Motivo para denegación por el SEPE del subsidio por desempleo para mayores de 52 años
Página
3 / 3
#31

Re: Motivo para denegación por el SEPE del subsidio por desempleo para mayores de 52 años

Hola. Hace un año estoy cobrando la paga de los 52 años. Mi pareja y yo nos vamos a casar este mes de Julio. Me comentan algunas amigas que me informe bien porque al casarme podrían quitarme la paga. Alguien me lo puede confirmar? No sé si eso influye para casarnos en régimen gananciales o separación de bienes.. Gracias
#32

Re: Motivo para denegación por el SEPE del subsidio por desempleo para mayores de 52 años

En principio no, no se tienen en cuenta los ingresos de la pareja para este subsidio.
Ahora bien los ingresos de explotaciones de un bien, si estáis en gananciales, son a medias.
Es decir, beneficios de un piso alquilado o dividendos de acciones o intereses de cuentas corrientes o de depósitos, se dividen a medias.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#34

Denegación por el SEPE del subsidio por desempleo para mayores de 52 años, retornada española

Reciban saludos. Tengo algunas dudas con respecto a este subsidio, casi nadie comenta en relación a español retornado, y ese es mi caso. Retorné a España en el 2018, trabajé y coticé en Venezuela por 16 años y nunca en España, pero según los requisitos estas cotizaciones son válidas por ser un país en convenio con la seguridad social. en 2019, me pagaron el subsidio por desempleo, habiendo entregado todos los recaudos de cotizaciones y constancia de emigrante retornado. en el 2020, me aprobaron la RAI, tengo 59 años, no es nada fácil un trabajo en España. Solicité el de 52 años, creyendo hasta hoy que cumplo con todo y me la denegaron. No he leído la carta porque estoy en estos dias en otra ciudad por motivos familiares, me enteré de mi estado de trámite por la página online del SEPE. Tengo entendido que nosotros no necesitamos cumplir 90 días de empleo. si puede por favor asesorarme, voy a recurrir a un reclamo administrativo. Cualquier información me interesa. Qué pudo haber faltado?
#35

Re: Denegación por el SEPE del subsidio por desempleo para mayores de 52 años, retornada española

Las cotizaciones de Venezuela pueden valer para acreditar las cotizaciones para la jubilación (15 años cotizados en la vida laboral y 2 en los últimos 15 años), pero no sirven para acreditar 6 años cotizados a desempleo, puesto que Venezuela no tiene convenio de desempleo con España. Seguramente esa es la causa de denegación.
Creo que convenio de desempleo sólo existe en la Unión Europea, Japón y Australía.

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#36

Re: Denegación por el SEPE del subsidio por desempleo para mayores de 52 años, retornada española

Buenas noches, me queda entonces la duda, si Venezuela está en el convenio con la seguridad social, hablamos de retornados españoles, entonces, quienes trabajamos en Venezuela nunca tendríamos acceso a este tipo de subsidio? si había cobrado la RAI, que hay de cierto de la Jurisprudencia del Tribunal Supremo que si la RAI ha sido aprobada, hay derecho para la de 52 años. Podría por favor, orientarme que otro tipo de subsidio podría solicitar, por este año no puedo la RAI por que se agotó (la primera). Muchísimas gracias. 
#37

Re: Denegación por el SEPE del subsidio por desempleo para mayores de 52 años, retornada española

Una persona puede estar yendo y viniendo y trabajando en muchos países. Si tiene seis años cotizados a desempleo en España o en otro país con convenio de desempleo, aunque la mayor parte de las cotizaciones sean en Venezuela, tendría acceso al subsidio.
En cuanto a la RAI, a día de hoy no es causa de acceso al subsidio de mayores de 52, lo fue para el desaparecido subsidio para mayores de 55. Pero aunque lo fuera su problema no es la causa de acceso (el subsidio de emigrante retornado también es causa de acceso) es que no cumple los requisitos. Ninguna causa de acceso al subsidio de mayores de 52 exime de cumplir los requisitos para la jubilación y de tener 6 años cotizados a desempleo

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#38

Re: Denegación por el SEPE del subsidio por desempleo para mayores de 52 años, retornada española

Muchas gracias por su aclaratoria. Nuevamente me surge una duda y es la siguiente, en Venezuela se pagaba dentro de la seguridad social un importe llamado seguro de paro forzoso, que literalmente dice lo siguiente:
 El Seguro de Paro Forzoso es un derecho que tiene todo trabajador cesante de recibir por cinco meses una manutención a través del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), realizándose cuando un trabajador pierde el trabajo por cualquier motivo.
Ese importe es el referido a los 6 años de cotización por desempleo?  Y con esto me despido, muchas gracias. 
#39

Re: Denegación por el SEPE del subsidio por desempleo para mayores de 52 años, retornada española

Los seis años cotizados a desempleo serían haber cotizado seis años a ese seguro en su versión española (o de cualquier otro país que tenga convenio de desempleo con España)

"Todo impuesto debe salir de lo superfluo y no de lo necesario" Jovellanos

#40

Re: Denegación por el SEPE del subsidio por desempleo para mayores de 52 años, retornada española

Buenos días, no sé si me podrás sacar de un par de dudas que tengo, y qué son las siguientes:
Quién paga en su totalidad el ERTE, tiene algún una cuota que pagar las empresas? 
Si estás en ERTE y te llaman de un día a otro  para ir a trabajar, tienes obligatoriamente que ir a trabajar? 
Lo que quisiera es entender un poco el funcionamiento del ERTE, de cara a las obligaciones de la empresa y del trabajador. 

Gracias de antemano

carlos M

#41

Re: Pensión contributiva con cotizaciones en otro país de convenio bilateral

Reciba saludos, agradezco mucho este excelente canal y sus respuestas profesionales. En esta oportunidad para preguntarle, por favor, acerca de la pensión contributiva. Coticé 16 años en Venezuela al IVSS, cuántos años debo cotizar en España para poder acceder a la pensión contributiva. Tengo entendido que cada país asume su parte, sin embargo la paga de Venezuela sería como dos euros, que pasaría entonces con España. Otra pregunta es si puedo pagar por mi cuenta las cotizaciones que necesito en España, por decir un año de cotizaciones, ya que es difícil trabajar a los 60 años en España, también es cierto que debe ser antes de cumplir la edad para acceder a la pensión. En qué momento es mas oportuno para pagar esas cotizaciones en forma particular y si sirven para la pensión. Muchas gracias.