Una salida al asunto podría ser la de cambiar esa retribución como administrador de trabajo a actividades económicas... Las normas de cómputo de subsidios no contributivos indican que los sueldos y asimilados computan por su importe bruto (en este caso el neto es 0, pero el bruto no). En cambio las rentas de actividades económicas computan por su importe neto.
A toro pasado, creo que poco se puede hacer, ya que la norma es la que es. A futuro se podría estudiar algo.
Habría que ver el asunto con detalle, ya que un administrador societario es una relación laboral especial. Perfectamente podría serlo a título gratuito, y además simultanear el desarrollo de una actividad económica ("consultoría" por ejemplo). De esta manera, si se justificase que la cuota de autónomo resta de la casilla de ingresos de actividades económicas (hay que ponerle "algo" para que sume, y obtener un saldo 0), y el desempeño como administrador también saliese a 0...
la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!