Si en 2024, según tú, no tuvisteis ingresos de ningún tipo (nadie de tu unidad de convivencia) y en 2025 tuvisteis esos ingresos de la notificación, deberían haberos aplicado "incentivo al empleo del IMV" y no haberos bajado tanto vuestro IMV... ahora bien ¿eso es verdad?, porque ante la Seguridad Social parece que no se os puede aplicar dicha bonificación (solo se aplica cuando los ingresos del año pasado -2025- fuesen superiores a los del año anterior -2024- y, si no os lo han aplicado, es porque asumen que en 2024 vuestros ingresos fueron superiores a los del 2025).
El problema es ¿cómo demuestras que no tuvisteis ingresos en 2024?, porque eso se acredita con la declaración de la renta, y si dices que no la hicisteis 🙄 (mal, muy mal) lo tienes complicado ¿no crees?, así que os tocará pedir cita en Hacienda y que os acrediten, de todos los miembros de vuestra unidad de convivencia, qué ingresos y patrimonio tuvisteis en 2024 (incluyendo criptomonedas y ganancias del juego, ojo, que igual por ahí os lleváis una sorpresa) y si en verdad no tuvisteis ingresos en 2024, reclamar esa notificación de la Seguridad Social que has recibido solicitando os revisen adecuadamente basándose en vuestros ingresos del 2024 y 2025, aplicando la bonificación de "incentivo al empleo" que corresponda sobre dichos ingresos del 2025, para lo cual debéis adjuntar dicha información de Hacienda junto con vuestra declaración de la renta IRPF 2025, porque de lo contrario en octubre no creo que os resuelvan nada de oficio, ya que ahí, en tu caso, el problema no son los ingresos del 2025, sino los del 2024, que para la Seguridad Social no fueron cero como tú indicas.