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Incentivo al empleo.- IMV - Ingreso mínimo vital

360 respuestas
Incentivo al empleo.- IMV - Ingreso mínimo vital
Incentivo al empleo.- IMV - Ingreso mínimo vital
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#346

Re: Incentivo al empleo.- IMV - Ingreso mínimo vital

Supuestamente, si es una reactivación de ese mismo IMV, sí, claro.  En todo caso si no te lo incluyen en el pago retroactivo pendiente, pues te tocará reclamarlo.

El único problema que puede haber es que la reactivación la hayan aplicado con otra fecha de efectos económicos (la de febrero o incluso la de marzo), que entonces sería más complicado efectuar alegaciones y reclamarlo, pero por intentarlo que no sea.
#347

Re: Incentivo al empleo.- IMV - Ingreso mínimo vital

hola buenas tarde, una pregunta en la revision desde mes no aprica el emcentivo a empleo =? tu sabes me dicer por ami no subio y no baja sigue igual,yo he llamado de la seguriodad social, me dice que no sabe o porque pero a pospuesto ala revision para final de ano 
#348

Re: Incentivo al empleo.- IMV - Ingreso mínimo vital

En la revisión actual han aplicado incentivo al empleo a quien le corresponda (si no lo ves aplicado en tu notificación, seguramente es que no cumplías los requisitos para aplicártelo) y además conforme a los últimos cambios del RD 240/2026 según revisó un compañero en su caso concreto, pero también han cometido errores, tales como computarnos como ingresos algunas ayudas y rentas exentas, igual que en 2025 sucedió en la revisión provisional.

De todas formas la revisión que importa es la de octubre, que esa es "la buena" donde miran con los IRPF 2025 reales presentados por cada uno, aunque también te digo que si no te han aplicado "bonificación de incentivo al empleo" en esta revisión dudo mucho que en la revisión de octubre te lo apliquen.


#349

Re: Incentivo al empleo.- IMV - Ingreso mínimo vital

De qué manera se puede reclamar ahora?
#350

Re: Incentivo al empleo.- IMV - Ingreso mínimo vital

Tendrás que realizar una reclamación a dicha notificación, donde muestres disconformidad con la misma solicitando revisión de vuestro IMV acorde a los ingresos reales declarados, por lo que tendrás que adjuntar los IRPF 2025 de todos los miembros de vuestra unidad de convivencia.  En www.rankia.com/foros/economia/temas/5674436-cuanto-tardan-incluir-hijo-recien-nacido-pedido-documentacion-ingreso-minimo-vital?page=59#respuesta_7259900 tienes detalles de como hacerlo.
#351

Re: Incentivo al empleo.- IMV - Ingreso mínimo vital

ok gracias 
#352

Re: Incentivo al empleo.- IMV - Ingreso mínimo vital

No acabo de comprender esto del incentivo Ritekg5, a ver si me puedes aclarar.
Tengo entendido que hasta 6000€ de ingresos por trabajo, no computan en el IRPF y por tanto están exentos y no te los descontarían del IMV.
Por ejemplo, si una persona coge un trabajo de empleada de hogar éste año ganando 1800€, se supone que al año siguiente no la descontarían nada de IMV. Si al siguiente año vuelve a ganar 1800€ o 2000€, se supone que al año siguiente tampoco la descontarían nada de IMV, porque sigue sin llegar a 6000€. Es así???.
#353

Re: Incentivo al empleo.- IMV - Ingreso mínimo vital

Te explico lo del incentivo al empleo para este año 2026 como funciona:

¿Tuviste ingresos por trabajo en 2024?  Si es que SI, cuantifícalos y llámalos INGRESOS_2024 (considéralos CERO si no tuviste)

¿Tuviste ingresos por trabajo en 2025?  Si es que SI, cuantifícalos y llámalos INGRESOS_2025

Cógete lápiz y papel, y RESTALE a la cifra INGRESOS_2025 la cifra de INGRESOS_2024 y apúntate el resultado, llámalo INCREMENTO_INGRESOS

Si  INCREMENTO_INGRESOS  es una cifra NEGATIVA (porque tus ingresos por trabajo del 2025 no superaron los del 2024) entonces NO CUMPLES REQUISITOS y no se te puede aplicar incentivo al empleo del IMV en la revisión de este año 2026.

Si  INCREMENTO_INGRESOS  es una cifra POSITIVA (porque tus ingresos por trabajo del 2025 sí que superaron los del 2024) esa diferencia es la base del cálculo de tu incentivo al empleo del IMV... Aplicando el RD 240/2026 https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2026-6976 que modifica el sistema de cálculo del incentivo al empleo, de esa cifra resultante los primeros 6000 euros se consideran bonificados al 100% y el resto bonificados al 50%, siendo la suma de ambos resultados tu máxima bonificación de incentivo al empleo que pueden aplicarte.

En el ejemplo que planteas, solo tienes "incentivo al empleo" un año (el año pasado), pero no al siguiente año (el año actual) porque no hay diferencia de ingresos entre lo que ganaste el año pasado frente al anterior ¿comprendes?

El resultado (el incentivo que te puedan aplicar) te lo ilustra la Seguridad Social en su tabla informativa de la revisión del IMV y como se te queda el mismo, cuando te lo notifiquen... no hace falta que lo calcules por tu cuenta, pero está bien que sepas de donde sale por si quieres revisarlo.

Así de simple y sencillo.  Puedes extrapolar el ejemplo para años siguientes si quieres (suponiendo que no vuelvan a cambiar la Ley al respecto).
#354

Re: Incentivo al empleo.- IMV - Ingreso mínimo vital

Entonces en el segundo año tendría que devolver lo ganado y me bajaría el IMV?. Disculpa pero me cuesta entenderlo.
#355

Re: Incentivo al empleo.- IMV - Ingreso mínimo vital

Claro, te bajaría tu IMV porque no habría diferencia de ingresos con los que aplicarte inventivo al empleo, y como el IMV que te dejarían ese año tras la revisión de octubre es inferior a lo que venías cobrando a primeros de ese año, pues tendrías cobros indebidos que tendrías que devolverles más adelante.
#356

Re: Incentivo al empleo.- IMV - Ingreso mínimo vital

Muchas gracias ritekg5 
#357

Re: Incentivo al empleo.- IMV - Ingreso mínimo vital

B. Tardes ritekg hace unos dias hablamos del incentivo al empleo me gustaria exponerte los datos concretos del mi nuevo empleo para q me ayudes a entender como se me aplicará en realidad...mi contrato laboral comenzó ayer 15 d junio d 2026 y termina el 14 d junio d 2027 al final el salario ha resultado ser mas bajo,para mi sorpresa desgraciadamente, y lo q cobraré al  mes seran 760€...entonces ya no sé como se calculará el incentivo con estas cifras y sobre q año o años me lo aplicarán ...porfavor si puedes arrojarme un poco d luz xq voy totalmente perdida...y el renunciar al imv ya no lo tengo tan claro ...si me pudieras ayudar.Muchas gracias ritekg.Un saludo 
#358

Re: Incentivo al empleo.- IMV - Ingreso mínimo vital

Pues suponiendo que no hayas tenido ingresos por trabajo el pasado 2025 ni subsidios ni nada que te aparezca en la casilla 0018 de tu IRPF 2025, este 2026 obtendrás supuestamente unos 4940€ de ingresos (760€ x 6'5 meses) que aparecerán en IRPF 2026 y serán considerados como ingresos a descontarse de tu IMV en la revisión de 2027, pero como no tuviste ingresos en 2025 tendrás la suerte de que en su totalidad se te bonificarían como "incentivo al empleo del IMV", de forma que en dicha revisión de 2027 seguirías cobrando el IMV sin cambios todo ese año también.  El problema lo tendrás en 2028, ya que en la revisión de dicho año 2028 habrá ingresos a descontarte de tu IMV (lo que hayas ganado en 2027) y no te podrán aplicar incentivo al empleo (o será ínfimo comparado con el aplicado el 2027), así que te pegarán el palo de reducirte brutalmente tu IMV para 2028.

Y si, por el contrario, en 2025 tuviste ingresos por trabajo, pues entonces probablemente ni en 2027 te beneficiarías de bonificación del incentivo al empleo y te pasaría como en 2028, dado que la base de cálculo de la bonificación "incentivo al empleo del IMV" máxima pueden aplicarte es el incremento de ingresos por trabajo existente entre un año y el anterior, como siempre ha sido.
#359

Re: Incentivo al empleo.- IMV - Ingreso mínimo vital

Hola! A mi no me han aplicado el incentivo al empleo. En enero de 2024 mi marido se ha dado de baja de autónomos porque no tenia ingresos, pero no hizo la declaración. En 2025 empezó a trabajar por cuenta ajena y ha tenido unos ingresos de 12.474€. Haremos la renta el lunes. Cual los motivos de no aplicar en incentivo? Cobro el imv desde 2025. En 2024 no cobraba nada. Debo pedir revisión o mejor esperar la definitiva en octubre. Si me puedes ayudar te agradezco muchísimo. Un saludo!
#360

Re: Incentivo al empleo.- IMV - Ingreso mínimo vital

Si en 2024, según tú, no tuvisteis ingresos de ningún tipo (nadie de tu unidad de convivencia) y en 2025 tuvisteis esos ingresos de la notificación, deberían haberos aplicado "incentivo al empleo del IMV" y no haberos bajado tanto vuestro IMV... ahora bien ¿eso es verdad?, porque ante la Seguridad Social parece que no se os puede aplicar dicha bonificación (solo se aplica cuando los ingresos del año pasado -2025- fuesen superiores a los del año anterior -2024- y, si no os lo han aplicado, es porque asumen que en 2024 vuestros ingresos fueron superiores a los del 2025).

El problema es ¿cómo demuestras que no tuvisteis ingresos en 2024?, porque eso se acredita con la declaración de la renta, y si dices que no la hicisteis 🙄 (mal, muy mal) lo tienes complicado ¿no crees?, así que os tocará pedir cita en Hacienda y que os acrediten, de todos los miembros de vuestra unidad de convivencia, qué ingresos y patrimonio tuvisteis en 2024 (incluyendo criptomonedas y ganancias del juego, ojo, que igual por ahí os lleváis una sorpresa) y si en verdad no tuvisteis ingresos en 2024, reclamar esa notificación de la Seguridad Social que has recibido solicitando os revisen adecuadamente basándose en vuestros ingresos del 2024 y 2025, aplicando la bonificación de "incentivo al empleo" que corresponda sobre dichos ingresos del 2025, para lo cual debéis adjuntar dicha información de Hacienda junto con vuestra declaración de la renta IRPF 2025, porque de lo contrario en octubre no creo que os resuelvan nada de oficio, ya que ahí, en tu caso, el problema no son los ingresos del 2025, sino los del 2024, que para la Seguridad Social no fueron cero como tú indicas.