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Ayuda de alquiler - Ingreso mínimo vital

15 respuestas
Ayuda de alquiler - Ingreso mínimo vital
Ayuda de alquiler - Ingreso mínimo vital
Página
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#1

Ayuda de alquiler - Ingreso mínimo vital

Buenos días a todos 
Tengo una duda ? Lo de la ayuda de alquiler que lanza la comunidad de madrid, se descuenta de la renta mínima vital luego? Si alguien sabe del tema que me lo diga porfi.
Gracias .
#2

Re: Ayuda de alquiler - Ingreso mínimo vital

Yo también estoy con la misma duda por que puede ser que cuando hagamos la declaración nos lo hagan devolver o algo de eso 🥺🥺 a ver si alguien entra y nos cuenta algo
#3

Re: Ayuda de alquiler - Ingreso mínimo vital

Hola! No se si servirá de ayuda.. Solicite la ayuda de alquiler pero en el ayuntamiento,la que gestiona los servicios sociales, el año pasado y no he tenido ningún problema.
Soy de Tenerife.
#4

Re: Ayuda de alquiler - Ingreso mínimo vital

Si

#5

Re: Ayuda de alquiler - Ingreso mínimo vital

La gente que ha recibido ayuda de alquiler de su comunidad autónoma han dicho q lo han descontado. La del ayuntamiento si va como ayuda social puede q por eso no la descuenten. 
#6

Re: Ayuda de alquiler - Ingreso mínimo vital

Eso me han dicho también 🥺
#7

Re: Ayuda de alquiler - Ingreso mínimo vital

Buenas tardes:

En respuesta a su consulta, le indicamos que esta ayuda no se podrá compatibilizar con ninguna otra ayuda para el pago del alquiler de este Plan, ni de Planes Estatales anteriores, ni con las que, para
esa misma finalidad, puedan conceder cualquier Administración Pública.

REQUISITOS: 

Poseer nacionalidad española o residencia legal en España. 

Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Que la vivienda arrendada constituya la residencia habitual y permanente.

Que las rentas anuales de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento fueren, antes del devenir de la vulnerabilidad, iguales o inferiores a 5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Dicho umbral será de 5,5 veces el IPREM si se trata de una familia numerosa de categoría general, de personas con discapacidad o víctimas del terrorismo y de 6 veces el IPREM cuando se trate de familias numerosas de categoría especial o de personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33 %.

Que la vivienda objeto del contrato de arrendamiento lo sea por una renta o precio igual o inferior a 900 euros mensuales.

Que la persona arrendataria haya devenido vulnerable por haber sido reducidos, dentro de los dos años anteriores a la solicitud de la ayuda, los ingresos netos del conjunto de la unidad de convivencia de forma sustancial, en un 20 % como mínimo, de forma que no superen 3 veces el IPREM y que el esfuerzo para el pago de la renta arrendaticia, incluidas las repercusiones autorizadas por la legislación aplicable, satisfechas por la persona arrendataria, supere el 30 % de los ingresos netos de la misma. 

No estar incurso en alguna de las circunstancias previstas en la Ley General de Subvenciones, con la excepción de la relativa a no hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social.

No haber sido objeto de revocación de las ayudas previstas en un Plan de Vivienda.

No ser propietario o usufructuario de una vivienda en España, ni el arrendatario, ni los convivientes. Excepciones:

Partes alícuotas de herencias.

No disponibilidad por separación o divorcio.

Inaccesibilidad a la misma por discapacidad.

Imposibilidad de ocuparla por causas ajenas a su voluntad.

No tener parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad con el arrendador.

No ser socio o partícipe del arrendador, excepto si se trata de cooperativas de vivienda en cesión de uso y sin ánimo de lucro.

Mas información: Ayudas arrendatarios vulnerabilidad | Comunidad de Madrid

La renta mínima vital es una ayuda que corresponde al Estado, por lo que puede consultar en relación con dicha prestación en el teléfono de atención estatal 060 
Es lo que me han dicho desde el la comunidad, NO lo entendí muy bien la verdad
#8

Re: Ayuda de alquiler - Ingreso mínimo vital

SiSi
#10

Re: Ayuda de alquiler - Ingreso mínimo vital

Hola buenas alguien sabe donde puedo encontrar un alquiler me urge mucho ya que estoy cobrando el ingreso mínimo vital y para pedir un alquiler piden siempre aval 😢
#11

Re: Ayuda de alquiler - Ingreso mínimo vital

yo estoy igual....piden como si te fueras a comprar una casa, la unica solucion q veo es alquiler de habitacion...ahi no te piden tanto
#12

Re: Ayuda de alquiler - Ingreso mínimo vital

Pero si te la dieron el año pasado ten en cuenta que ahora han mirado los ingresos del año 2021 será en la próxima actualizacion cuando miren los del año pasado 2022
#13

Re: Ayuda de alquiler - Ingreso mínimo vital

Hola,fue en 2021🤷
#14

Re: Ayuda de alquiler - Ingreso mínimo vital

Ah como has dicho el año pasado 😂😂
#15

Re: Ayuda de alquiler - Ingreso mínimo vital

Claro! El año pasado...mi comentario es de noviembre de 2022,solicite la ayuda en 2021