#166
#167
Re: He empezado a trabajar y me siguen pagando el IMV - Ingreso mínimo vital
#169
Re: He empezado a trabajar y me siguen pagando el IMV - Ingreso mínimo vital
Estás contestando a un msj del año 2021
#170
Re: He empezado a trabajar y me siguen pagando el IMV - Ingreso mínimo vital
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Re: He empezado a trabajar y me siguen pagando el IMV - Ingreso mínimo vital
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Re: Ingreso mínimo vital
Buenos dias Ritek, leyendo temas te he visto, quiero hacer lo de comunicar la baja del imv porque voy a darme de alta de autónomo y no tengo ganas de estar haciendo calculos de si me quitan o no, espero ingresos que superan el limite establecido, he copiado texto escrito para enviarles, de algunos de por aqui, pero no dicen si les contestan de que estan ya de baja, y si noviembre sería buen mes para hacerlo, eso si lo mismo tengo un pico de atrasos eso imagino lo liquidan ..gracias, buen dia..
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Re: Ingreso mínimo vital
#174
Re: Ingreso mínimo vital
En este hilo https://www.rankia.com/foros/economia/temas/5263323-renuncia-imv-ingreso-minimo-vital?page=1 se hablaba de todo eso y como hacerlo, mejor échale un ojo por completo.
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Re: Ingreso mínimo vital
#176
Re: Ingreso mínimo vital
#177
Re: Ingreso mínimo vital
¿Seguiste los pasos mencionados en https://www.rankia.com/foros/economia/temas/5263323-renuncia-imv-ingreso-minimo-vital?page=1 o solo comunicaste que estabas trabajando y querías dejar de cobrar el IMV? ¿te respondieron a dicha comunicación? te lo digo porque estar trabajando y cobrando el IMV, en caso de comunicárselo (que te pones a trabajar digo), no es algo que le hagan caso porque no te afecta y ya lo tienen en cuenta para el IRPF que corresponda revisarte ingresos... hay que formalizar escrito de RENUNCIA al IMV como tal, no es simplemente comunicar variaciones y añadir un "oigan que encontré trabajo y voy a currar ya no quiero el IMV", no sé si me explico.
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Re: Ingreso mínimo vital
#179
Re: Ingreso mínimo vital
#180
Re: Ingreso mínimo vital
Perfecto, entonces genial... pues a ese escrito tuyo deberán responderte y comunicarte una fecha de efectos en la que tiene vigor tu renuncia, que pueden responderte en enero de 2025 y tener fecha de efectos noviembre 2024, por lo que luego te pedirán les devuelvas el cobro del IMV de noviembre 2024, diciembre 2024 y enero 2025 (este último si fuese el caso de que recibieses la comunicación a finales de enero y tu pago de enero ya se hubiese emitido y enviado al banco).