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Trato deshonesto en Caixa Catalunya

29 respuestas
Trato deshonesto en Caixa Catalunya
Trato deshonesto en Caixa Catalunya
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#1

Trato deshonesto en Caixa Catalunya

Acudí a Caixa Catalunya, interesado por una Imposición a Plazo Fijo al 4%, vencimiento a un año, que anunciaban. En la oficina me atendieron amablemente, confirmaron los detalles dichos de la IPF, abrí cuenta corriente, y ordené transferencia bancaria. Quedamos en que pasaría por la oficina unos días después para firmar los contratos de la IPF.

Así lo hice: acudí a la oficina y firmé, según lo acordado días atrás, los papeles que el amable empleado de Caixa Catalunya me puso delante. Al llegar a casa y leer los detalles con mayor atención, descubrí horrorizada que lo firmado no tenía nada que ver con lo pactado: no era una IPF, sino un depósito estructurado; no era vencimiento 1 año, sino 3 y 2; no había interés al 4%, sino al 3% y variable.

Al día siguiente, acudí a la oficina a las 8:30 horas. El chico amable no me quiso atender (y eso que no había clientes ni trabajo). Esperé media mañana, incluso se fue a tomar café a las 10:00 horas, y yo esperando. Cuando volvió de tomar café, a las 10:30 horas, me atendió 5 minutos: lo firmado firmado está, y si no me gusta, me aguanto.

Presenté queja en el Servicio de Atención al Cliente de Caixa Catalunya el 5 de agosto de 2010, mediante envío de burofax con acuse de recibo y cerficiación de contenido. Hoy, un año más tarde, aún estoy esperando respuesta.

No os fiéis de Caixa Catalunya.

#2

Re: Trato deshonesto en Caixa Catalunya

Aunque nos atienda un empleado "amable" nunca debemos firmar nada sin leer...

¿Te has planteado cancelar ese estructurado?

Saludos.

#3

Re: Trato deshonesto en Caixa Catalunya

Hola, me presento y te explico la forma en la que yo procedería:

Según La ley del Consumidor y la ley 7/1996 del 15 de Enero de Ordenación del Comercio Minorista y lo que se especifica en el artículo 10 de Derecho de desistimiento.

1. Cuando en el ejercicio de un derecho previamente reconocido se proceda a la devolución de un producto, el comprador no tendrá obligación de indemnizar al vendedor por el desgaste o deterioro del mismo debido exclusivamente a su prueba para tomar una decisión sobre su adquisición definitiva sin alterar las condiciones del producto en el momento de la entrega. Se prohíbe al vendedor exigir anticipo de pago o prestación de garantías, incluso la aceptación de efectos que garanticen un eventual resarcimiento en su favor para el caso de que se devuelva la mercancía.

2. Caso de no haberse fijado el plazo, dentro del cual el comprador podrá desistir del contrato, aquél será de siete días.

Para empezar hemos de considerar la "venta de un depósito bancario" desde una entidad bancaria un vendedor minorista, puesto que este depósito no lo "vende" a otros vendedores sino a particulares finales, también hemos de considerar que existe contrato firmado con especificación de las condiciones y por último que no han transcurrido 7 días desde dicha firma.

En este caso este plazo está de sobras superado, pero podrías intentar que se te reconozca este derecho dado que dentro de dicho plazo legal si notificaste por escrito tu total desacuerdo con las condiciones del contrato y que notificaste al Dpto. de Atención a Clientes tu deseo de "desistir" de dicho depósito y recuperar el importe depositado.

Así que para empezar sería supuestamente ilegal la espera de más de 1 año, que sería más ilegal que en los siete días siguientes no te devuelvan la señal en este caso el "depósito" y que finalmente si en ese plazo el vendedor (la entidad bancaria en este caso) no devuelve dicha cantidad se le puede denunciar y exigirle los daños y perjuicios ocasionados, tal como vuelve a decir la ley:

"En el supuesto de que el vendedor no realice este abono en el plazo señalado, el comprador podrá reclamar que se le pague el doble de la suma adeudada, sin perjuicio a su derecho de ser indemnizado por los daños y perjuicios sufridos en lo que excedan de dicha cantidad".

Por último para hacer efectiva esta reclamación es aconsejable hacer llegar un burofax con certificación de texto íntegro y acuse de recibo para que quede constancia por escrito de esta petición siempre en el plazo no superior a los 7 días de la fecha del contrato. Para realizar este trámite, se puede efectuar desde la web de Correos. Su coste con acuse de recibo certificado aprox 22 Euros.

Cuidado porque la mayor parte de las personas ignoran estos detalles y la treta de algunos comerciales de que no se devuelven los importes depositados es eso, una pura treta para cazar al cliente inexperto.

En este caso, te aconsejo:

1.- Ponerte en contacto por teléfono con el Dpto. de Atención al Cliente del Banco de España y expones tu caso, ellos te aconsejarán de lo que debes de hacer.

2.- Probablemente te aconsejen que envies una carta certificada, al Dpto. de Atención al cliente de la entidad bancaria, sería positivo que adjuntes una copia de tus notificaciones anteriores siempre por escrito que en su día les enviastes, notificando muy especialmente tu deseo de "desestimiento" y que si en un plazo máximo de 7 días, no te responden, te verás obligado a denunciar este proceder ante el Banco de España.

3.- En el propio escrito o burofax, pones a pie de página que adjuntas copia del mismo al Banco de España y la envias por el mismo medio correo certificado o burofax.

De todas las maneras, apura antes un nuevo intento con el Director(a) de la oficina bancaria, explicándole el caso y tus intenciones. No estoy nada de acuerdo, en la afirmación genérica de que CX es deshonesta y creo que el comercial que te ha atendido, simplemente desconoce la legislación. Es lógico afirmar, que si no dispones de tus reclamaciones por escrito con el sello del recibí de la entidad bancaria, dentro del plazo legal de los 7 días después de la firma del contrato, tus posibilidades serían menores.

Espero haber ayudado algo con este tema y te deseo suerte.

Saludos.

#4

Re: Trato deshonesto en Caixa Catalunya

No entiendo por qué has esperado tanto.

El SAC tiene dos meses para pronunciarse, en caso de no hacerlo, o hacerlo y no dar por buena la respuesta debes cursar a los 2 meses y 1 día reclamación al BdE, ese es el camino.

En otro orden de cosas, mira a ver como te sale rescatarlo todo y cancelar todo, y la próxima vez, intenta verificar al menos que es una ipf y el tipo de interés, si no lo encuentras le comentas al empleado que te lo señale en amarillo donde lo pone.

Suerte.

Método, disciplina y tiempo

#5

Re: Trato deshonesto en Caixa Catalunya

Permíteme que discrepe de lo que has manifestado.

La ley que citas creo que no sería aplicable. El artículo es claro cuando manifiesta que “Cuando en el ejercicio de un derecho previamente reconocido se proceda a la devolución de un producto.” En este caso no existe este derecho previo, no hay ninguna cláusula en el contrato que prevea la resolución unilateral ni ningún derecho de desistimiento.

La Ley 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores, prevé la posibilidad de desistimiento cuando la contratación es a distancia, y, en este caso, tampoco sería de aplicación ya que se contrató en la oficina.

El contrato firmado entre el cliente y el banco obliga a ambos y es ley entre las partes. La única posibilidad, a parte de presentar reclamaciones ante el propio banco y ante el BdE (aunque creo que tendría escasas posibilidades de prosperar), sería intentar acreditar, ante un juzgado, que hubo engaño en la contratación y solicitar su anulación, algo que también sería harto difícil demostrar.

Un saludo

#6

Re: Trato deshonesto en Caixa Catalunya

Pero ¿cómo se acredita que hubo engaño en la contratación?

Como muy bien dices es difícil, por no decir imposible. ¿Es legal grabar un vídeo mientras el comercial de turno te dice que es una ipf?

Ayer abrí un hilo al respecto. Caso fotocopiado al de hoy: Entidad: BBK. Hago la O.T.E. y cuando voy a firmar el contrato, me empieza que si depósito index 57ª emisión , que si blablabla... NO lo firmo y vengo a Rankia a preguntar. Me confirman que es un Estructurado como la copa de un pino.

Y ahora, ¿cómo demuestro el intento de engaño? Lástima no haber ido con una cámara de vídeo...

Un saludo

Si un amigo es de verdad, su amistad perdura en el tiempo y con la distancia.

#8

Re: Trato deshonesto en Caixa Catalunya

Demostrar el engaño es muy difícil ya que siempre será la palabra del cliente contra la del comercial. Si no existe alguna oferta previa por escrito, algún mail, alguna publicidad, u otro elemento de prueba, es casi imposible.

Hay caso mucho más complejos, como el de la venta masiva de swaps, donde algunos tribunales si han reconocido que se falseo y/u omitió información al cliente, debido, en parte, a la magnitud del caso. Pero en el tema que nos ocupa es muy diferente al no ser un producto complejo y de alto riesgo como son los swaps.

La única solución a estos "engaños", consistentes en querer vender un estructurado como si fuese una IPF, es leer atentamente el contrato, que al fin y al cabo es lo único que cuenta. Las palabras no sirven para nada.

Un saludo

Guía Básica