Esto que propones no es estrictamente legal, en el IRPF solo puedes deducir como retenciones en el extranjero como máximo lo que marque el convenio de doble imposición con el país correspondiente.
Así, si con Lituania es el 10% para intereses, ese es el límite, y entonces pagas el 9% restante para llegar al 19%.con lo cual estarías pagando 15+9 si no envías los papeles.
Otra cosa es que la agencia Tributaria no disponga de esa información sobre retenciones en el extranjero, creo que sólo le llega los ingresos brutos en el intercambio de información.
Pero si te revisan la deduccion por doble imposición internacional y te pillan, te lo rectifican, y te lo confirmo de primera mano.