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Consulta sobre el paro (no sabía muy bien dónde meterla, así que si no va aquí, la movéis)

43 respuestas
Consulta sobre el paro (no sabía muy bien dónde meterla, así que si no va aquí, la movéis)
Consulta sobre el paro (no sabía muy bien dónde meterla, así que si no va aquí, la movéis)
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#1

Consulta sobre el paro (no sabía muy bien dónde meterla, así que si no va aquí, la movéis)

Muy buenas:

Hoy me han comentado algo que me ha extrañado: resulta que me he tirado 3 años a base de contratos temporales (de 1 y 2 años de duración). Anteriormente, antes de tener estos contratos, había estado en el paro. El primer año generé 4 meses de paro nuevo, pero al volver al paro, cogí el viejo porque tenía mucha más duración. Ahora estoy a punto de acabar con el contrato de 2 años y a lo mejor me veo obligado a volver al paro, ¿se me acumularían esos 8 meses de paro por los 2 años con los 4 anteriores de paro nuevo? ¿Si elijo seguir con el paro viejo, se me seguirían acumulando meses al paro nuevo una vez que empiece a trabajar otra vez? ¿El tope del paro nuevo son 18 meses o no? Os lo comento porque un amigo mío me comentó que para que se pudiera seguir acumulando el paro nuevo tenía que irme al paro antes de acumular 365 días del paro nuevo (3 años) y esto no lo entiendo bien. ¿Qué tope de tiempo tiene el paro nuevo? ¿18 meses?

Muchas gracias, un saludo.

#2

Re: Consulta sobre el paro (no sabía muy bien dónde meterla, así que si no va aquí, la movéis)

SI ,se tienen que acumular los 4 meses que tenias + los 8 que generaste = 1 año

SI eliges el paro viejo ( que creo que estás obligado a elegirlo y terminarlo ) ,si vuelves al trabajo se seguirá acumulando al año generado anteriormente

Una vez termines el paro "viejo" ,para cobrar ese año generado de paro "nuevo" deberás trabajar al menos un dia en otro trabajo ( le dices a un amigo que te asegure un dia en lo que sea ,no tienes ni que ir a trabajar,le pagas la seguridad social del dia) . Te aconsejo también que lo que trabajes ,sea a jornada completa ,si trabajas a media jornada te pagarán medio paro digamos

Lo ultimo , pasate por el paro y pregunta. Un saludo

#4

Re: Consulta sobre el paro (no sabía muy bien dónde meterla, así que si no va aquí, la movéis)

Muchas gracias a los dos, me lo habéis aclarado.

La putada es que el enlace no va.

#5

Re: Consulta sobre el paro (no sabía muy bien dónde meterla, así que si no va aquí, la movéis)

creo que tienes 2 opciones, terminar el paro viejo y "perder" para el futuro las cotizaciones al nuevo o optar por el nuevo, el paro nuevo son por las cotizaciones que no se contemplaron para el nuevo, no se acumulan
ejemplo: para cobrar del paro 2 años (lo máximo) necesitas cotizar 6 años, si pierdes el trabajo después de cotizar 12 años interrumpidamente, sólo cobras 2 años, los otros cotizados quedan para "el fondo común",

#6

Re: Consulta sobre el paro (no sabía muy bien dónde meterla, así que si no va aquí, la movéis)

Eso tenía entendido yo también, pero por lo que me explican aquí en el foro y por lo que le he oído a un amigo, no es así.

#7

Re: Consulta sobre el paro (no sabía muy bien dónde meterla, así que si no va aquí, la movéis)

aquí te dejo este enlace, espero que puedas acceder
http://www.sepe.es/contenido/prestaciones/ag00a01.html
ten encuenta esto que pone:
"A tener en cuenta

Si interrumpió el cobro de una prestación contributiva para trabajar ese último periodo de un año o más, podrá elegir entre reanudar la prestación que suspendió o cobrar la nueva que ha generado. Esto es el derecho de opción.

Si para trabajar el último periodo de un año o más, interrumpió el cobro de un subsidio por desempleo, deberá solicitar la nueva prestación por desempleo generada.

Puede obtener más información en el teléfono de atención al ciudadano 901 11 99 99"

"Ejercicio del derecho de opción.

Cuando el derecho a la prestación se extinga por realizar un trabajo por cuenta ajena de duración igual o superior a doce meses, y se reconozca una nueva prestación por desempleo sin haber agotado la prestación anterior, el trabajador PODRA OPTAR, por escrito y en el plazo de 10 días desde el reconocimiento de la prestación, entre reabrir el derecho inicial por el período que le restaba y las bases, porcentaje y topes que le correspondían o percibir la prestación generada por las nuevas cotizaciones efectuadas.

Si el trabajador opta por la prestación anterior, las cotizaciones que generaron la nueva prestación por la que no ha optado, no podrán computarse para el reconocimiento de un derecho posterior.

Si el trabajador es fijo discontinuo podrá optar también, aunque no haya extinguido el derecho a prestación por desempleo anterior, entre reanudar ese derecho o percibir uno nuevo si acredita periodo de ocupación cotizada de, al menos, 360 días y cumple el resto de requisitos. En este caso, si opta por reanudar el derecho anterior que tenía interrumpido, las cotizaciones tenidas en cuenta para la nueva prestación por la que no opta sí podrán computarse para un derecho posterior."
a mí me funciona el enlace

#8

Re: Consulta sobre el paro (no sabía muy bien dónde meterla, así que si no va aquí, la movéis)

Bufff... ahora tengo un pequeño lío, porque aun no me ha quedado claro. Entonces, supuestamente, al elegir entre 2 paros, ¿el que no elijas se pierde?

Gracias por la respuesta.