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Situación particular

6 respuestas
Situación particular
Situación particular
#1

Situación particular

Hola a todos... buscándole algo positivo a tal situación que os parece la solución a este tema. Os pongo un ejemplo.
Empresa A (x acciones, en quiebra)
Empresa B (x acciones, con beneficio y que quiero seguir teniendo en cartera)
Vendo las acciones B, compenso la pérdida de las acciones A y no pago el 19% fiscal del beneficio de las acciones B y dos minutos más tarde de la venta vuelvo a comprar las acciones B (asumiendo los gastos de compra/venta) para recuperarlas en cartera.
Bueno a ver que os parece, ¿es la única opción ante tal panorama?.
Que opinais?

Un saludo

#2

Re: Situación particular

La ley dice que tienes que esperar dos meses al aflorar minusvalías... pero que yo sepa, no hay ninguna restricción para aflorar plusvalías, así que adelante.

s2

La realidad está hecha de cisnes negros, no de elefantes rosas; sobreoptimizar te fragiliza y lleva al desastre

#3

Re: Situación particular

Creo que en una situación así lo único positivi que se puede hacer es mirar de compensar las minusvalías ¿verdad?

#4

Re: Situación particular

Claro, no queda otra...

s2

La realidad está hecha de cisnes negros, no de elefantes rosas; sobreoptimizar te fragiliza y lleva al desastre

#5

Re: Situación particular

Lo que no me queda claro es que según la ley antiaplicación no puedes comprar acciones homogeneas durante los 2 meses siguientes o anteriores a la venta para poder compensar las minusvalías con plusvalías. Pero si las pérdidas vienen de (por ejemplo) del SAN y las compenso con los beneficios de TEF, ¿entonces si que puedo comprar las TEF al día siguiente?

#6

Te estás liando, mallorquín. No es que no te dejen compensar plusvalías con minusvalías.

Lo que no puedes es contabilizar esas minusvalías hasta la próxima vez que vendas esas acciones que has recomprado y dejes pasar los dos meses de plazo.
Pagarás impuesto por toda la plusvalía, si la tienes, y tendrás que esperar a vender esas acciones. Y si no tienes plusvalías, no incrementarás las minusvalías hasta que las vendas.
Saludos

#7

Re: Situación particular

Sí, porque aflorar plusvalías siempre está permitido; ten en cuenta que normalmente, quien aflora plusvalías tiene que pagar impuestos, por eso no tiene reglas especiales ni restricciones como las que se tienen al aflorar minusvalías.

s2

La realidad está hecha de cisnes negros, no de elefantes rosas; sobreoptimizar te fragiliza y lleva al desastre