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Dividendo de Arcelor: Me han pagado menos

10 respuestas
Dividendo de Arcelor: Me han pagado menos
Dividendo de Arcelor: Me han pagado menos
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#9

Re: doble tributación

El domicilio social de la sociedad está en el extranjero (Luxemburgo, creo) por lo que el dividendo está sujeto a doble tributación, del 20% en el país origen (0,40 -20% = 0,32) y del 15% en España (0,32 -15% = 0,272). De mi mala experiencia con Deutsche Telekom recuerdo que la primera retención no era deducible en la declaración del IRPF (los dividendos nacionales se cargan por una parte y se deducen por otra).

Salu2.

#10

Re: doble imposición

Eso sería doble imposición para los dividendos de una empresa que cotiza en Espaañ. ¿Si la empresa cotiza en España los dividendos son de la central o de filial?

#11

Re: Dividendos con fronteras y con más carga fiscal.

Cinco Días. Primo González (19-06-2004), pg.16 http://www.cincodias.com/articulo.html?d_date=20040619&xref=20040619cdscndpin_2&type=Tes&anchor=cdscdi
El dividendo que perciben los inversores españoles que tienen en su cartera acciones del Ibex 35 no es el mismo en todos los casos. Las empresas que, cotizando en España, tienen su domicilio social fuera, aunque pertenezcan a un país miembro de la Unión Europea (UE), están penalizadas respecto de las compañías con su sede social y domicilio fiscal en España. La retención que se le practica al inversor es doble y alcanza el 32% del importe bruto del dividendo, lo que convierte a estos activos en una inversión de menor atractivo.
Se nota más cuando los valores en cuestión son de empresas con una buena retribución y con excelente rentabilidad por dividendo, un atractivo que es sólo teórico. En la práctica, estos valores resultan penalizados por motivos fiscales debido a que la UE es una auténtica jungla de reinos fiscales, poco incomunicados entre sí, y que obstaculizan la fluidez de las inversiones. Sobre todo cuando se trata del pequeño inversor.
Dos casos destacados son el de Arcelor y el de Amadeus, compañías en las que los inversores españoles han tomado posiciones en los últimos años debido, sobre todo en el primero de los casos, a que son empresas con notable arraigo entre los inversores más veteranos de la Bolsa. Arcelor es el líder siderúrgico mundial y heredero, como consecuencia de fusiones, de aquellas famosas Altos Hornos (un histórico del mercado español) o Ensidesa (empresa pública no cotizada) que hace años daban más sustos que alegrías a los bolsistas de la época. Ahora Arcelor es una compañía multinacional que cotiza en varios países y con accionistas en otros muchos.
Amadeus es uno de los líderes mundiales en reservas de billetes de avión y ha tenido una excelente acogida entre los inversores españoles por su estrecha relación con Iberia (accionista del núcleo duro) y, sobre todo, porque es una compañía tecnológicamente avanzada y con un prometedor futuro por delante.
Hace escasas fechas, la siderúrgica pagó su dividendo de 0,4 euros por acción. Fue el 24 de mayo. Pero los inversores españoles se encontraron con un dividendo bruto de 0,32 euros debido a la retención en Luxemburgo (sede social del grupo) del 20% de los rendimientos. Ese dividendo bruto ya recortado en un 20% se convierte en España en un pago de 0,272 euros por acción porque la entidad que paga el dividendo descuenta un 15% adicional. En total, el accionista percibe el 68% de la retribución bruta que paga en origen Arcelor.
En teoría, los dos dividendos son recuperables, ya que se trata de retenciones a cuenta de los impuestos personales, del IRPF. 'El problema es, sobre todo, para los inversores minoristas, ya que las instituciones tienen otras vías de gestionar las retenciones y además forma parte de una mecánica habitual, al disponer a veces, como es el caso de los fondos de inversión, de carteras con un abundante flujo de valores extranjeros', según explican desde Arcelor.

La recuperación por parte del inversor minorista no deja mucho margen para el optimismo. Sólo un 5% es de recuperación más o menos inmediata. Hay que dirigirse a la entidad financiera en la que se tienen depositadas las acciones y presentar un certificado de residencia fiscal en España, para que sea el propio banco el que solicite a la Hacienda de Luxemburgo la devolución del 5% (es decir, 0,02 euros por acción en este caso) de la retención en exceso aplicada.
'Sólo hay que demostrar que el día de la fecha del cobro del dividendo, el titular de las acciones tenía su domicilio fiscal en España', según explican en el departamento de relación con el inversor de una de estas compañías. 'En principio se trata de un trámite sencillo, que hacen todos los bancos, y rápido', añaden.
La recuperación del 5% de forma más o menos inmediata no resuelve sin embargo más que una pequeña parte del problema. Queda el 27

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