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¿Es posible hipotecar en esta situación?

5 respuestas
¿Es posible hipotecar en esta situación?
¿Es posible hipotecar en esta situación?

CÓDIGO AMIGO

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#1

¿Es posible hipotecar en esta situación?

Buenas,...

Mi pregunta es la siguiente, a ver si la sabiduría que hay en este foro sabe responderla. Una persona propietaria de una vivienda VPO es desalojada por expropiación y se le da otra casa que tiene un derecho de retracto convencional. ¿Es posible hipotecar esta vivienda?

NOTA ACLARATORIA (DEFINICIÓN SACADA DE GOOGLE):

El retracto convencional, llamado también pacto de retro, es una convención
incluida en un contrato de compraventa, que tiene lugar cuando el vendedor se reserva el derecho de recuperar la cosa vendida mediante la entrega del precio de la venta, los gastos del contrato y cualquier otro pago legítimo hecho para la venta, los gastos necesarios y útiles hechos en la cosa vendida y el cumplimiento de lo que se hubiese pactado especialmente.

En la nota simple reza:

" Derecho de retracto convencional a favor del EXCELENTISIMO AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, durante diez años a contar a partir del día 26 de Noviembre de 2.002. Según consta con fecha 28-11-2002 en la inscripción-anotación segunda"

El Código Civil dice algo dentro de su libro cuarto en el apartado de las normas de compra-venta (artículos 1.507 a 1.520), y en este último, el 1.520, dice textualmente:

Artículo 1520

El vendedor que recobre la cosa vendida, la recibirá libre de toda carga o hipoteca impuesta por el comprador, pero estará obligado a pasar por los arriendos que este haya hecho de buena fe, y según costumbre del lugar en que radique.

Yo creo y espero que la respuesta sea sí. Cualquier ayuda será agradecida.

#2

Re: ¿Es posible hipotecar en esta situación?

Dru, toda finca es hipotecable. Ahora bien, la pregunta es alguna entidad financiera hipotecará eso?

Pues lo dudo, Eso pacto de retro es una carga preeexistente a la hipoteca.Salvo que en el expediente administrativo correspondiente se prevea una fuerte indemnización para el propietario que supere el nominal de la hipoteca veo imposible que una entidad admita ese bien como garantía.

Tu prestarías TU DINERO con esa garantía, de no ser como te digo...

PD: en todo caso deberias examinar las condiciones en las que se puede ejercer. pero pinta mal...

https://www.rankia.com/blog/echevarri.html

#3

Re: ¿Es posible hipotecar en esta situación?

Por que entiendo que se trata de financiar el 100%, no?

#4

Re: ¿Es posible hipotecar en esta situación?

Voy a pagar el ordenador, pero una ultima anotación...

En el caso de que se admita, bien por vinculaciones de la entidad con el ayuntamiento bien porque la cobertura es adecuada, lo lógico seria que la entidad hiciese firmar al hipotecado una claúsula de cesión de los derechos económicos de dicho pacto de retro en favor de la entidad. Lo deseable sería que el Ayuntamiento hiciese toma de razón de la misma, para tener claro a quien debe abonarle la pasta(aunque en este tema, se puede hablar largo y tendido)...

PD: Para mañana una duda, cuál es el motivo de la expropiación de la VPO?

https://www.rankia.com/blog/echevarri.html

#5

Re: ¿Es posible hipotecar en esta situación?

El motivo de la expropiación es que la antigua vivienda estaba en un barrio marginal que se demolió entero. Eran casas construidas en los años 40 bajo el Patronato Francisco Franco y que no habían tenido ningún tipo de reformas ni mantenimiento por parte del ayuntamiento más que las propias que haya podido hacer cada propietario.

Por eso expropiaron, derribaron y todo y mandaron a la gente a otra parte.

Realmente, por valor de mercado la hipoteca que se pretende pedir sería un 50 ó 60% del valor de tasación. El dinero se quiere para comprar un coche y hacer reformas en la casa para adaptarlas para un familiar minusválido. Piden sólo 60.000€.

A ver qué dice el banco y sus abogados.

Gracias por la pronta respuesta.

#6

Re: ¿Es posible hipotecar en esta situación?

Tu mismo estás dando la respuesta. Fíjate que dice el texto:
C.C. Artículo 1520

El vendedor que recobre la cosa vendida, la recibirá libre de toda carga o HIPOTECA IMPUESTA POR EL COMPRADOR,

Queda claro por el redactado, que existiendo el pacto de retracto, la cosa puede ser hipotecada, pues sinó, sería absurda la redacción de dicho artículo.

Cosa diferente es que aval o garantía le signifique esa vivienda a la entidad financiera (por cuanto les sirve para hipotecar, independientemente de la tasación).

Y también podría existir una limitación temporal a la carga hipotecaria. Pero hipotecar, desde luego que se puede hipotecar esa vivienda.

Y en caso de ejercitar el retracto, por el redactado del artículo queda claro también que es el comprador que sufre el retracto el que debe afrontar el levantamiento de la hipoteca (cancelación anticipada, etc.), pues el vendedor que recupera debe recibirla limpia de cargas.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!