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Ayuda sobre operativa con acciones en declaración de la renta

2 respuestas
Ayuda sobre operativa con acciones en declaración de la renta
Ayuda sobre operativa con acciones en declaración de la renta

CÓDIGO AMIGO

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#1

Ayuda sobre operativa con acciones en declaración de la renta

Soy un inversor que siempre he trabajado con depósitos y fondos de inversión, y tras un largo periodo de formación he decidido invertir ya en accioes.
El problema lo encuentro ahora a la hora de hacer la declaración de la renta. Se que la plusvalía es el precio de venta menos los gastos menos el precio de compra más los gastos; ahora resulta que al comprar me cargan por un efectivo de 3969.42€ :12€ de comisión y 6.45 de gastos, dando un efectivo total al comprar de 3987.87 € ¿esta última cantidad es la que tengo que reflejarcomo compra?
En los dividendos sobre el bruto me cargan el 18% de retención y sobre este dividendo neto, me cargan los gastos de comisión y el 16 % de IVA. ¿si en el nuevo IRPF los dividendos están exentos de tributar hasta los 1000 ó 1500 € primeros, como es que me retienen el 18%?
Si lo tengo que reflejar, ¿Qué cantidad es, el bruto, el neto ya descontado el 18% o el recibido descontado ya la comisión y el IVA?
Y si la compra es para largo plazo, los gastos de custodia trimmestrales y su IVA ¿se integran en algún lado? pues al cabo de unos pocos de años es un dinero.
Acostumbrado a los fondos de inversión, no me esperaba esta complicación; espero que con vuestra ayuda pueda solucionar estas dudas.

#2

Re: Ayuda sobre acciones

Sobre la operativa de compra-venta estás en lo cierto, la compra es el precio de compra más las comisiones y la venta el precio de venta menos las comisiones. De ahí sale la plusvalía.

Un cordial saludo.

#3

Re: Ayuda sobre operativa con acciones en declaración de la renta

A ver, como dijo Jack el destripador, vayamos por partes:

Año 2006 (la reforma todavía no ha entrado en vigor):

Tienes que integrar las ganancias patrimoniales derivadas de la compraventa de las acciones. Precio de venta - Gastos accesorios a la venta - Precio de adquición - gastos accesorios a la compra. Si el periodo transcurrido entre la compra y la venta es menor a un año, la ganancia se integra en la parte general y tributa en la escala general (como los rendimientos del trabajo). Si es a mas de un año tributa al 15%.

Si has recibido dividendos tienes que integrarlos en la declaración de la renta de la siguiente manera: Importe bruto (no el neto percibido después de gastos y retenciones). Se elevan al 140% (es decir vas a incluir más de lo realmente percibido, un 40% más) y al final te vas a deducir un 40% del importe bruto de los dividendos (no del 140%). De esta manera se evita en parte la doble imposición. Ten en cuenta que en el 2005 te han retenido por los dividendos un 15% que también tienes que quitar a lo que vas a pagar.

Los gastos de administración y custodia de valores si son deducibles en el IRPF y por tanto también los incluirás a efectos del cálculo de integración (es decir después de aplicar el 140%)

Por otra parte respecto a los dividendos, si los has recibido de unas acciones que has comprado en los dos meses anteriores al reparto de los dividendos y que has vendido en los dos meses posteriores (lavado de cupón) lo que harás es integrarlos al 100% (no al 140%) y no realizar la deducción por doble imposición del 40%. La retención soportada evidentemente si que la aplicas.

Año 2007 y ss. (la reforma del IRPF ya ha entrado en vigor):

Dos puntos importantes: Retenciones sobre los dividendos al 18% y exención de tributación sobre los primeros 1500 euros de dividendos.

Lo relativo a las ganancias patrimoniales no cambia, a excepción de que tributan todas al 18% (no existe diferenciación de menos de un año y más de un año)

Los dividendos soportan una retención del 18% (Todos, puesto que aunque existe exención para los primeros 1500 euros, las sociedades no tienen porqué saber que otras acciones tienes y que dividendos recibes tú de otras sociedades) Desaparece también la regla de integración al 140% y la deducción del 40%, así que se integran todos por el íntegro (bruto)

Lo que te va a pasar es que cuando hagas la declaración de 2007 en 2008 al incluir la exención, Hacienda te va a devolver todas las retenciones sobre dichos 1500 euros (es decir un 18% de 1500 = 270 euros)

Y para finalizar y que quede claro, los dividendos se integran por el bruto (y si corresponde al 140%)

un saludo,

Héctor Pérez Tapia

p.s.: En cualquier caso siempre es mejor si tienes una operativa compleja y elevada que te haga la declaración un asesor fical (como yo ;-) )