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¿Alargar el plazo de las hipotecas?

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¿Alargar el plazo de las hipotecas?
¿Alargar el plazo de las hipotecas?

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¿Alargar el plazo de las hipotecas?

Con los precios de las viviendas por las nubes y las recientes subidas de los tipos interés, cada vez son más las familias españolas que optan por hipotecarse a 35, 40 e incluso 50 años, o bien deciden alargar el plazo de amortización de sus préstamos para poder hacer frente más cómodamente al pago de las cuotas mensuales.

Como en ocasiones anteriores, el Banco de España ha vuelto a manifestar su preocupación por esta tendencia y alerta sobre los riesgos que pueden tener las hipotecas de larga duración, tanto sobre el sector financiero español como sobre las economías de las familias españolas.

En concreto, en el último Informe de Estabilidad Financiera, la entidad que preside Jaime Caruana hace hincapié en la práctica, cada vez más habitual, de ampliar el plazo de los créditos: “El alargamiento de los plazos de vencimiento eleva igualmente el tiempo durante el cual los prestatarios están expuestos a posibles perturbaciones que afecten negativamente a su capacidad de pago”. Sin olvidar que durante cuanto más tiempo esté endeudada una persona, mayores serán los intereses que deberá abonar.

En esta ocasión, el Banco de España advierte de que esta práctica de ampliar los plazos de las hipotecas con el objetivo de disminuir el importe de las cuotas es limitada y poco efectiva. Para justificar esta tesis, propone un ejemplo. Así, para contrarrestar las consecuencias de un aumento de un punto porcentual en el coste de los préstamos –se parte de un crédito medio de 133.181 euros a 25,5 años y un tipo de interés de 3,2%- sería preciso alargar el plazo de las nuevas hipotecas en seis años, es decir, hasta 31. Mientras que si se produce un nuevo incremento de otro punto porcentual, la prolongación adicional sería de otros catorce años.

Esto es, si los tipos de interés subieran dos puntos porcentuales, el plazo de amortización de la hipoteca se incrementaría en 20 años, al pasar de 25,5 a 45,5 años. A partir de este ejemplo, el Banco de España asegura que “si los tipos alcanzaran el 6,2%, ya no sería posible compensar por este procedimiento el cambio de cuota”.

Cuidado con las hipotecas con periodo de carencia

Asimismo, el BdE también advierte de las hipotecas que ofrecen varios años de carencia, es decir, aquellas que en los primeros meses sólo cobran intereses y que, por tanto, permiten pagar al principio cuotas más asequibles.

“Hay que tener muy en cuenta el salto que se produce en la cuota el año en que se acaba el periodo de carencia, y no olvidar que esos cálculos están hechos bajo la premisa -hoy día cuestionable- de que los tipos de interés no van a subir durante todo ese tiempo", alerta el organismo.

http://www.elconfidencial.com/noticias/noticia.asp?id=13979&edicion=30/05/2006&pass=