Yo no te puedo ayudar en eso, o puede que sí, recuerdo una vez hace al menos 10 ó 12 años que una empresa cliente de donde trabajo, con una facturación bastante superior que para acometer una expansión internacional tuvo el apoyo de AXIS, que es un organismo oficial
http://www.ipyme.org/IPYME/es-es/EmprendedoresCreacionEmpresas/Financiacion/Fuentes/axis.htm
Y sé que financió una cantidad importante con un pacto de recompra a varios años, y mediante, creo, una ampliación de capital con acciones preferentes, bueno una serie de acciones de nueva creación que tenían un dividendo pactado que equivalía a un poquito más de lo que supondría un préstamo bancario, pero esta mejor rentabilidad les suponía el riesgo de no percepción en caso de ausencia de beneficios distribuibles, vamos que a la hora del reparto de resultados primero las acciones de la serie especial, y luego lo accionistas ordinarios, bien la idea era esa, ahora si me preguntas como se formaliza esto jurídicamente, la verdad es que no lo conozco, solo se de esto a grandes rasgos.
Lo que si creo que es que acciones de serie especial solo se puede en sociedades anónimas, no en limitadas, y no sé cual es tu caso.