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Dedución por alquiler

17 respuestas
Dedución por alquiler
Dedución por alquiler
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#17

Re: Dedución por alquiler

Una prueba de lo equivocado que puedo estar con respecto a los 3 años. Un informa de la AEAT, sobre la deducción autonómica por alquiler en Galicia, los requisitos que debe de cumplir la vivienda para ser considerada habitual en este caso y que nos puede dar una idea de cual es el criterio de la Administración también para la deducción estatal.

Saludos.

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS R.D.LEG 3/2004
CAPITULO: DEDUCCIONES AUTONÓMICAS

SUBCAPITULO: GALICIA

REFERENCIA: 124674-CONCEPTO DE VIVIENDA HABITUAL PARA LA DEDUCCIÓN POR ALQUILER

PREGUNTA: ¿Cúal es el concepto de vivienda habitual a efectos de poder aplicar la deducción autonómica por el alquiler de la vivienda habitual? ¿es necesario que el contrato tenga una duración mínima determinada?

RESPUESTA: A efectos de esta deducción, se entiende por vivienda habitual la que constituya el domicilio fiscal del contribuyente que, según lo previsto en la Ley General Tributaria, sería el de su residencia habitual.

Por otra parte, el contrato ha de tener una duración que permita a la Administración Tributaria apreciar un cierto carácter de permanencia, no admitiéndose contratos de temporada, y únicamente se podrá rescindir en casos excepcionales: casos de cambio de domicilio por motivos laborales, profesionales o de separaciones de hecho y cuando es el arrendador el que rescinde el contrato en los supuestos legalmente admitidos.

NORMATIVA: Artículo 2 Ley 7 / 2002 , de 27 de diciembre de 2002 de la Comunidad de Galicia .
Informe de la Comunidad Autónoma de octubre de 2003

ENLACES CON OTRAS REFERENCIAS
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#18

Re: Dedución por alquiler

Buenas, respecto al tiempo para considerar vivienda habitual, estoy haciendo el curso de renta para hacer la campaña de la renta y nos han dicho que el tiempo para considerar una vivienda como habitual es de tres años, pero si acabas de entrar a vivir en el piso en el 2008, puedes deducir los pagos que hayas realizado. En caso de no llegar a tres años viviendo en el piso, si es por una causa justificada (cambio de trabajo, de ciudad por motivos de trabajo...), eso no se tendrá en cuenta. Vamos, que a los efectos, puedes deducir por el piso en alquiler que constituya tu vivienda habitual en este momento, en el qeu tengas tu domicilio fiscal.

#19

Re: Dedución por alquiler

Vuelvo a reflotar un tema, para ver si me podéis echar un cable.

Creí que la deducción de alquier autonómica (de Madrid) se me escapaba debido a que mi base imponible superaba el tope para la deducción notablemente.

Hoy me he puesto a modificar el borrador on line, y también metido una deducción por movilidad geográfica a la que tengo derecho. En 2008 estuve 7 meses en Madrid, dejé de currar, me apunté al Inem, y encontré curro en Sevilla. Volví a cambiar mi domicilio fiscal a Sevilla. En conclusión, que al meter esa deducción o reducción (mejor dicho), la base imponible general + la base imponible del ahorro me superan en 256€ el límite impuesto en Madrid para poder acceder a la deducción por alquiler, que serían 840€ de deducción para la saca.

No sé si conocéis alguna manera legal de poder rascar esos 255 euros de algún sitio.

Un saludo y gracias de antemano.