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¿Dónde meter mi dinero para que no me embarguen?

33 respuestas
¿Dónde meter mi dinero para que no me embarguen?
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¿Dónde meter mi dinero para que no me embarguen?
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#17

Re: ¿Dónde meter mi dinero para que no me embarguen?

Soy insolvente, no trabajo, no tengo ningún ingreso de nada, y a mi nombre no tengo ni casas ni coches ni nada, lo unico la cuenta bancaria.

#18

Re: ¿Dónde meter mi dinero para que no me embarguen?

Jooooooder, que mala leche tienes !!!! ah no .... que hablas de nescafé, no de leche !!!!!

Llevo un rato con  la risa .... anda ya !!!!

#19

Re: ¿Dónde meter mi dinero para que no me embarguen?

Creo que si pides una bolsita de ketchup adicional te la dan, bueno hace tiempo que no voy al Mc ese y puede que ahora cobren las bolsitas adicionales !!!!!

 

Por cierto hay un cosa muy rara en el Mc ese, todo se llama "Mac" Macmenú, Macpollo, Mac no sé que ... y la única cosa que debería llamarse "Mac" para ser corecte, son las "Mac-dalenas", pues no, a eso le llaman Muffin's ... es curioso !!!!

#20

Re: ¿Dónde meter mi dinero para que no me embarguen?

La has recurrido ya?

Saludos,

#21

Re: ¿Dónde meter mi dinero para que no me embarguen?

Como ya te han dicho puedes como mucho conseguir q no te embarguen esos euros q tienes ahora sacandolos del banco, pero embargarte te acabaran embargando los que entren en tu cuenta en el futuro y la cantidad será mayor que la que te piden ahora. Ellos siempre ganan tarde o temprano.

#22

Re: ¿Dónde meter mi dinero para que no me embarguen?

Tengo entendido que esta multa que es por sanción leve prescribe al año.

#23

Re: ¿Dónde meter mi dinero para que no me embarguen?

Destroyer si lo tienes claro que prescribe, y que eres insilvente, .! Continua con tu trabas a tu ayuntamiento, y suerte que la vas necesitar.....

#24

Re: ¿Dónde meter mi dinero para que no me embarguen?

Creo que quizás estés confundiendo la prescripción de la reclamación importe de la multa con la prescripción del derecho a sancionar. Me explico: si un agente constata que has cometido la infracción la Admon. tiene un plazo para sancionarte y, en caso de que ese plazo prescriba, ya no lo podrá hacer. Creo entender que ese no es el caso que nos cuentas: en tu caso ya has sido sancionado si no te he entendido mal con lo cual no puede prescribir el derecho a sancionarte si dicha sanción ya se ha producido. Cierto es que si el agente que te sancionó no te notificó en mano personalmente la sanción, la administración tendrá que hacerlo de forma fehaciente pero tiene mecanismos para realizar este acto aunque tu con recojas las cartas que te mande.

Otra cosa distinta sería que prescribiese el derecho a reclamarte el importe de la multa, cosa que no va a suceder puesto que la administración te va a dar un plazo voluntario para pagarla y, en caso de que no lo haga, te notificará que entras en periodo ejecutivo-si no coges las cartas lo hará a través de boletín oficial- con pago de recargo e intereses; si optas por no pagar la multa en ese periodo ejecutivo y no tienes nada a tu nombre lo intereses irán creciendo como una bola de nieve a lo largo de los años y cuando tengas algo a tu nombre te lo embargarán ahora o dentro de 8 años.

Otra cosa distinta es que recurras como te sugieren más arriba, hay profesionales especializados en la materia, muchos de ellos cubiertos por seguros, con un indice de exito importante sobre todo si como nos cuentas la sanción ha sido injusta.

Saludos