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Gastos Reclamacion Saldo Banco Santander - Banco Santander

5 respuestas
Gastos Reclamacion Saldo Banco Santander - Banco Santander
Gastos Reclamacion Saldo Banco Santander - Banco Santander
#1

Gastos Reclamacion Saldo Banco Santander - Banco Santander

El pasado dia 3 de Enero al saldo de mi cartilla de ahorro,le faltaban 5,27 euros para cargar el total de la tarjeta Visa del propio Bc.Santander,dejaron el saldo a 0.00 posponiendo el cargo de los,repito, 5,27euros.Con fecha 8-1 me cargan,en la cuenta,35,-euros como "GTOS.RECLA.SLDO" y seis dias mas tarde (14-1)otros 35,37euros con el mismo concepto.Si en estos dias no hicieron ninguna gestion de cobro de este saldo deudor,me entero del saldo deudor el dia 17-1 y realizo ingreso suficiente.¿Si no hubiera hecho este ingreso,me hubiesen seguido pasando cargos de 35,-euros cada 4 ó 5 dias?.Cuando hablo con la sucursal(1108)me indican que el primer cargo es por la tarjeta y el segundo por estar deudora la cuenta(por el primer cargo)¿es esto normal,en otros bancos?.¿El BE los autoriza?.El caso es que por un descubierto de 5,27 me suponen ¡¡ 70,37eurazos !!.

#2

Re: Gastos Reclamacion Saldo Banco Santander - Banco Santander

Ahora te toca reclamar a ti. Ya sabes buesca el hilo de estas reclamaciones y actua en consecuencia.

De todas las maneras me parece que la sucursal no te ha informado bien, ya que malamente te pueden cobrar una reclamacion por una posición deudora de una cuenta cuando el menor saldo que ha tenido ha sido el de "0" ESO NO ES UN SALDO DEUDOR, el de la tarjeta estaria justificado si hubieran hecho gestiones reales para reclamar dicho saldo. Me parece que el enviar un escrito tipo no es una gestion real.

O sea que no dejes de reclamar ambos cargos. Saludos.

#4

Re: Gastos Reclamacion Saldo Banco Santander - Banco Santander

Joder que sableo, 70 euros. Reclama por escrito al SAC pero ya.

Método, disciplina y tiempo

#5

Re: Gastos Reclamacion Saldo Banco Santander - Banco Santander

Te aconsejo, que localices el correo de la dirección de la sucursal, y le mandes un correo, y el mismo texto, "copia y pega" en atención al cliente el Bancanet del Santander, en 2 días por lo menos tienes una devuelta, además , si lo reitera, mejor, les jodes las estaditicas de calidad de la sucursal, al responsable de la sucursal lo llamarán, .Doy Fé de ello, la 5854 de Sevilla, se saben ya mi nombre de memoria.

#6

Re: Gastos Reclamacion Saldo Banco Santander - Banco Santander

No, esto no es así ..... es bastante mas sutil .... te cargan 35 € por la presunta reclamación del saldo de la tarjeta, entonces al cargarlo, dejan la cuenta en descubierto, pues ahora tocará reclamar el saldo de la cuenta (no de la tarjeta), apuesto a que te dicen que son "conceptos" distintos ....

En si esta comisión es legal, sin embargo para su cobro hay que cumplir un requisito, que es demostrar que se han hecho gestiones, no vale un carta por ordenador, como mínimo tendría que ser con firma y por correo certificado con acuse de recibo .....

¿como reclamar? Pues con estos argumentos .....

Memoria de reclamaciones del Banco de España 2009.

http://www.bde.es/webbde/Secciones/Publicaciones/PublicacionesAnuales/MemoriaServicioReclamaciones/09/Fich/Criterios_generales.pdf

Página 81: “Comisión de reclamaciones de posiciones deudoras

Esta comisión constituye una práctica bancaria habitual, que tiene por objeto el cobro de los costes en que ha incurrido la entidad al efectuar las reclamaciones necesarias para la recuperación de los saldos deudores de su(s) cliente(s). Ahora bien, desde la óptica de las buenas prácticas bancarias y ante la dificultad de las entidades de determinar a priori, y de justificar a posteriori, para cada caso concreto, la existencia efectiva de gestiones de reclamación, es criterio del Servicio de Reclamaciones que su adeudo solo puede ser posible si, además de aparecer recogida en el contrato, se acredita que:

– Su devengo está vinculado a la existencia efectiva de gestiones de reclamación realizadas ante el cliente deudor (algo que, a juicio de este Servicio, no está justificado con la simple remisión de una carta periódicamente generada por un ordenador).

– Es única en la reclamación de un mismo saldo.

En consecuencia, …”

Memoria de reclamación del Banco de España 2010

http://www.bde.es/webbde/Secciones/Publicaciones/PublicacionesAnuales/MemoriaServicioReclamaciones/10/criterios_generales.pdf

Página 69: “4.3.2 CRITERIOS REITERADOS - Gastos de correo - Comisión de reclamaciones de posiciones deudoras

Esta comisión constituye una práctica bancaria habitual, que tiene por objeto el cobro de los costes en que ha incurrido la entidad al efectuar las reclamaciones necesarias para la recuperación de los saldos deudores de sus clientes. Ahora bien, desde la óptica de las buenas prácticas bancarias, y ante la dificultad de las entidades de determinar a priori, y de justificar a posteriori, para cada caso concreto, la existencia efectiva de gestiones de reclamación, es criterio del Servicio de Reclamaciones que su adeudo solo puede ser posible si, además de aparecer recogida en el contrato, se acredita lo siguiente:

– Su devengo está vinculado a la existencia efectiva de gestiones de reclamación realizadas ante el cliente deudor (algo que, a juicio de este Servicio, no está justificado con la simple remisión de una carta periódicamente generada por el ordenador); Es única en la reclamación de un mismo saldo. En consecuencia ......”

Memoria de reclamaciones del Banco de España 2011

http://www.bde.es/f/webbde/Secciones/Publicaciones/PublicacionesAnuales/MemoriaServicioReclamaciones/11/MSR2011.pdf

Página 150: “Comisión de reclamaciones de posiciones deudoras

Esta comisión constituye una práctica bancaria habitual, que tiene por objeto el cobro de los costes en que ha incurrido la entidad al efectuar las reclamaciones necesarias para la recuperación de los saldos deudores de su(s) cliente(s). Ahora bien, desde la óptica de las buenas prácticas bancarias y ante la dificultad de las entidades de determinar a priori, y de justificar, a posteriori, para cada caso concreto, la existencia efectiva de gestiones de reclamación, es criterio del Servicio de Reclamaciones que su adeudo solo puede ser posible si, además de aparecer recogido en el contrato, se acredita que:

– Su devengo está vinculado a la existencia efectiva de gestiones de reclamación realizadas ante el cliente deudor (algo que, a juicio de este Servicio, no está justificado con la simple remisión de una carta periódicamente generada por el ordenador).

– Es única en la reclamación de un mismo saldo. En consecuencia...”