Nadie, absolutamente nadie nos puede obligar a permanecer en una propiedad en proindiviso, sea una mitad una octava o una décima ...... si uno no quiere estar en conjunto con otros puede pedir la división del bien común (*), o sea que el que quiere vender una parte indivisa la ofrece a los otros, y si nadie la quiere se va al juez que lo subaste, y del precio se de a cada propietario su octava parte en tu caso (peeeeeeero en tu caso hay una pega que te comento luego), por lo tanto en términos normales si que pueden pedir la subasta del bien, si ninguno de los 7 restantes o un tercero quiere comprarlo, pero claro tiene que haber comprador para ello, si no lo hay es como quien tiene tos y se rasca los güebs. Por tanto tienen razón a medias, porque es verdad que si embargan tu octava parte al final podrían ponerla en subasta si nadie les quiere comprar esto, luego en la subasta se vería que pasa ......... de todas formas te recomiendo que hagas una consulta en el blog de subastas judiciales de rankia, dónde su titular el Sr. Tristán es experto en estas cosas.
Ahora el "peeeeeeeero" pues resulta que poara bien o para mal dices que hay un usufructuario, y esto es un derecho que debe respetarse, la palabra usufructuario significa "derecho de uso y disfrute" o incluso "derecho a percibir los frutos" o sea que tu señora madre, sea quien sea el dueño ahora, en el futuro si se vende, o aunque se subaste tiene el derecho de uso (vivir ahí si es una vivienda, su es un garaje tener el coche o la bici, incluso alquilarlo ella percibe las rentas, repito con independencia de quien sea el dueño. ¿como se puede extinguir / perder el derecho de usufructo? pues solo de dos maneras, una con la muerte del titular del derecho, esperemos que esto ocurra dentro de muchos años, y la otra forma es que el titular, o sea tu madre renuncie voluntariamente a este derecho, y puede, solo si quiere, renunciar a dicho derecho a cambio de dinero, o renunciar gratis.
También puede jugar a "la espera" meter el embargo en tu octava parte, intentar adjudicárselo en subasta, y no hacer nada mientras viva tu madre, y cuando llegue su momento, entonces iniciar el proceso de la solicitud judicial de la división del bien común.
(*) Salvo que los indivisos tengan un pacto de no división durante un período de tiempo, pero no puede ser eterno o indefinido, la ley pone unos máximos de años, pero para ti esto es irrelevante, el pacto supongo que no está por tanto ahora no lo puedes meter.
¿entonces al banco que les den y si no pago que se jodan? No, no amiga ..... de la misma forma que te digo una cosa, te digo la otra, de cobrar con la finca lo tienen bastante complicado, no imposible, pero si difícil .......... pero intentarán cobrar la deuda, con todo el derecho del mundo, no lo olvides, con todos los bienes e ingresos presente o futuros, te pueden embargar la nómina, en la parte que la ley permite, el subsidio de paro, también en la parte legal que se permite, con tu coche, si lo tienes, o con cualquier bien que puedas tener hoy o dentro de un tiempo, no lo olvides.
Y desde luego lo mejor, tal como indican otros foreros, llegar a un acuerdo, porque complicaciones ahora o dentro un tiempo muchas y extremadamente molestas o costosas.