Todo lo que aduce Ud es correcto en materia civil, pero en cuestión de responsabilidad patrimonial u otras cuestiones administrativas, si se reconociese la responsabilidad patrimonial del Estado a un grupo de afectados o a un sólo recurrente, sus efectos se extenderían a todos los perjudicados que se encuentren en la misma situación - siempre que hayan reclamado oportunamente, se entiende -.
Ahora bien, hay que recordar una vez más que el tema de fondo (la calificación de los contratos y de la verdadera actividad a que se dedicaban las empresas), SIGUE IMPREJUZGADO HASTA QUE NO RECAIGA SENTENCIA FIRME DE LA JURISDICCIÓN CIVIL, y será a partir de ese momento cuando se abrirán de nuevo los plazos para reclamar las RPE por los motivos que procedan (según resuelva la sentencia civil), bien por in actuando de los Juzgados Penales y Mercantiles, amén de la AEAT, o bien por "in vigilando" de los Organismos financieros del Estado. Y en esas estamos, esperando una dichosa sentencia civil firme sobre el fondo del asunto indicado, que permita a los afectados encaminar su reclamación POR EL CAMINO QUE CORRESPONDA. lA JUGADA DCEL gOBIERNO PUEDE SER dejar pasafr tiempo y tiempo sin que esa Sentencia se dicte, confiando en que vayamos palmándola y se desinflen las plataformas de afectados.
En cuanto a la vía penal, por lo menos tardaría 6 años en dictarse sentencia firme por el Ts y para entonces, todos calvos, amén que los Fiscales y Jueces del Estado no han imputado ni lo harán a funcionario o autoridaD ALGUNA DEL eSTAdo, que nos abriera la responsabilidad civil subsidiaria.
Todos hemos sido engañados pues, de haber sabido o sospechado que España no era ni de lejos un Estado de Derecho, nadie en su sano juicio hubiera invertido un euro en este país. Ya sólo falta por ver el << corralito español >> que vienen vaticinando Standard and Poor y otros Bancos americanos y agencias de calificación.
Abróchense el cinturón, que vienen curvas.